REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 26 de septiembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: AH1B-X-2012-000040

Visto el escrito de pruebas presentado en fecha 21 de septiembre de 2012, por la abogada LISETTE MARIELLA GARCÍA GANDICA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 106.695, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, este Juzgado ordena agregarlo a los autos a fin de que surta sus efectos legales pertinentes.
Igualmente, por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni improcedentes, este Tribunal admite, salvo su apreciación en la sentencia que recaiga en la presente causa.
En consecuencia, a los fines de evacuar la prueba de informes promovida, este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, ordena oficiar al BANCO BANCARIBE, a fin de que informe a este Despacho lo indicado en el respectivo particular; a tales efectos se ordena librar oficio al cual deberá agregarse copia certificada del escrito de pruebas promovidas por la parte actora. Líbrese oficio una vez conste en autos los fotostátos requeridos. Cúmplase.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
DR. ÁNGEL VARGAS RODRÍGUEZ.
ABG. SHIRLEY CARRIZALES.
ASUNTO: AH1B-X-2012-000040
AVR/SC/maria.