REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, veinticinco (25) de septiembre de dos mil doce (2012), siendo las diez de la mañana (10:00 am), se constituye el Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la Secretaria Dubraska Ibarreto y se traslada a un inmueble constituido por una porción de terreno que mide diez metros (10 mts) de frente con siete metros con veinte centímetros (7,20 mts) de fondo y el local sobre el construido y que forma parte de una mayor extensión, situado en la parroquia Caricuao (Anteriormente Parroquia Macarao), Las Adjuntas, Jurisdicción del Distrito Capital (Antes Distrito Federal), porción que comprende el local distinguido con el número L-6; en compañía de la parte actora, Luís Guillermo Pérez Carrillo, debidamente asistido por la abogada Zoraida Zerpa Urbina, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 30.141. Para el caso de requerirse se designa a la Depositaria Judicial La Consolidada, C. A, representada en el acto por el ciudadano Argenis Rivas, titular de las cédula de identidad Nº V.- 4.081.609 y como perito avaluador al ciudadano Alí José Peláez, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.774.760, quienes aceptaron los cargos sobre ellos recaído y juraron cumplir bien y fielmente con las obligaciones inherentes a dicha designación; a fin de practicar medida de entrega material decretada por el Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio de desalojo incoado por Luís Guillermo Pérez Carrillo contra Héctor Ramón Molina Pérez. Una vez en el lugar indicado el Tribunal es atendido por la ciudadana Yusmary Coromoto Zerpa Fonseca, titular de la cédula de identidad Nº V. 15.835.286, a quien la Juez notifica de la medida leyéndole en voz alta el contenido del despacho a lo cual dicha ciudadana manifiesta al Tribunal que va a llamar a su esposo. La Juez le solicita permitir el acceso al interior del inmueble, mientras ésta manifiesta llamar al inquilino del inmueble y acuerda un tiempo de espera hasta que éste se haga presente en el sitio. Seguidamente se hace presente un ciudadano que manifiesta: “ Mi nombre es Edward Isaac Molina Gómez, titular de la cédula de identidad Nº V.- 18.221.494, soy hijo del demandado y vivo aquí con mi esposa Yusmary Zerpa y su hijo”. Acto seguido se presenta un ciudadano que se identifica como Héctor Ramón Molina Pérez, titular de la cédula de identidad Nº V.- 6. 011.196, parte demandada en el proceso, quien notificado previamente manifiesta al Tribunal lo siguiente: “Yo tengo el titulo supletorio de estas bienhechurías, y tengo la cédula catastral, lo cual consigno en copia fotostática simple”. Es todo. Visto y oído lo manifestado por el demandado y ante la situación presentada, esta Juez, acuerda prudentemente abstenerse de ejecutar la presente medida hasta tanto sea dilucidado ante el Tribunal de la causa si dicha ejecución pudiera implicar un desalojo de vivienda. Se ordena la remisión de la comisión al Tribunal de la causa y se ordena agregar a los autos documentos consignados constante de diez (10) folios útiles. Se dispone el retiro del Tribunal a su Sede. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 12:30 pm.- -
La Juez,

Caribay Gauna
La parte actora y su abogada asistente

Luís Guillermo Pérez Carrillo
Abg. Zoraida Zerpa
El demandado

Héctor Ramón Molina

Los notificados

Edgard Isaac Molina
Yusmary Zerpa
El representante de la Depositaria judicial
La Consolidada, C. A

Argenis Rivas
El Perito Avaluador

Alí José Peláez
La Secretaria,

Dubraska Ibarreto
Exp. N° 3252-12 (Interno)
Exp. N° AP31-V-2009-003629