REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEXTO EJECUTOR DE MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, diecisiete (17) de septiembre de dos mil doce (2012).
202º y 153º
Vistas las precedentes actuaciones, se observa:
El presente expediente fue remitido a este Juzgado mediante distribución, y proveniente del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, dándosele entrada bajo el No. 000652, quedando anotado en los Libros respectivos.
Ahora bien, de una revisión del citado expediente, se desprende que en fecha 05 de febrero de 2007, el referido Juzgado declaró con lugar la cuestión previa opuesta por la representación de la parte accionada, referida al ordinal 5º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia ordenó a la parte accionante subsanar dicha cuestión previa, ordenándose igualmente la notificación de la partes de conformidad con lo establecido en el artículo 233 ejusdem, y dado que hasta la presente fecha dicha notificación no se ha efectuado, y por tanto, no ha comenzado a correr el lapso para interponer los recursos respectivos, así como el lapso previsto en el artículo 354 de nuestro Código adjetivo, resulta forzoso para este Juzgado Itinerante, ordenar remitir el presente expediente al Tribunal de origen, al no encontrarse la causa en estado de dictar sentencia definitiva. Así se decide. Líbrese Oficio.
LA JUEZ PROVISORIA,
ALCIRA GÉLVEZ SANDOVAL
LA SECRETARIA,
ROCELIA SÁNCEHZ GODOY
En esta misma fecha, se libró Oficio No. 0211-12, en cumplimiento al auto anterior.
LA SECRETARIA,
ROCELIA SÁNCEHZ GODOY
Exp. No. 000652
Exp. 1ra. Instancia: AH1C-V-2005-000057
AGS.