REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del
Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno de septiembre de dos mil doce
202º y 153º
Exp: AP31-V-2012-000720
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA DE VEHÍCULO
CON RESERVA DE DOMINIO.
PARTE ACTORA: TOYOTA SERVICES DE VENEZUELA, C.A.
PARDE DEMANDADA: ADALYS DEL CARMEN REINA FLORES.
SENTENCIA: Interlocutoria con fuerza de Definitiva.
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Vista la diligencia que antecede, presentada por la abogada ODALIS ROMERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 16.715, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual manifiesta que en vista de la cancelación de todo lo adeudado a su representado, desiste del procedimiento y solicita la devolución de los documentos originales cursantes al expediente, consignando las copias respectivas para su certificación. Al respecto el Tribunal observa:
De la declaración realizada en la diligencia antes indicada, por la apoderada judicial de la parte actora, este Tribunal declara que se trata del desistimiento de la presente demanda, por lo que estando debidamente facultada para desistir de la demanda, según consta del poder otorgado ante la Notaría Pública Trigésima Novena del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 30 de marzo de 2012, anotado bajo el N° 4, Tomo 73, y el presente juicio se trata de materia en las cuales no están prohibidas las transacciones. En consecuencia, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara consumado el acto de desistimiento de la demanda, presentado en fecha 18 de septiembre de 2012, teniéndose el mismo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, a tenor de lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo, se ordena la devolución de los documentos originales solicitados, cursantes a los folios 13 y 14, toda vez que la parte interesada consignó las copias necesarias para su certificación, y la corrección de la foliatura a partir del folio N° 16.
Publíquese y regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho de este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los veintiún (21) días del mes de septiembre de dos mil doce (2012).
LA JUEZ TITULAR,
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Abg. ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
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JUAN CARLOS CARVAJAL RUIZ.
En la misma fecha de hoy, siendo las 02:30 de la tarde, se publicó y registró la anterior decisión y se devolvieron los documentos originales solicitados.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,
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JUAN CARLOS CARVAJAL RUIZ.
ZMRZ/JCCR/nataly.
Exp: AP31-V-2012-0720.
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