REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno de septiembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : AP31-S-2012-005582
PARTE SOLICITANTE: JESÚS DOMÍNGUEZ SIERRALTA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº V- 3.724.570 he inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 69.025.
|MOTIVO: INSERCIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCION.
Conoce este Tribunal de la solicitud, incoada por el ciudadano JESÚS FRANCISCO DOMÍNGUEZ SIERRALTA, antes identificado, quien actúa en su propio nombre y representación, antes identificado, donde solicita la Inserción del Acta de Defunción de quien en vida fuera su madre ciudadana BLANCA SIERRALTA DE DOMÍNGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V.- 707.347, y sea declarada con lugar y sea insertada en el Registro Civil de Defunciones, este Tribunal observa:
Que en fecha 16 de marzo de 2011, compareció el ciudadano JESÚS FRANCISCO DOMÍNGUEZ SIERRALTA, consignando los recaudos como: 1) copia fotostática de la cédula de identidad de la ciudadana BLANCA MARIA SIERRAALTA DE DOMINGUEZ, certificado de defunción emanado del La Dirección General de Epidemiología y Análisis estratégico Dirección de Información Social y Estadísticas donde se evidencia la fecha y causa de muerte de la ciudadana BLANCA SIERAALTA DE DOMINGUEZ. 2) Copia fotostática de la cédula de identidad del ciudadano FRANCISCO DOMINGUEZ DOMINGUEZ, Acta de defunción emanada de la Oficina de Registro del municipio Chacao del Estado Miranda, donde se evidencia la fecha del deceso del ciudadano FRANCISCO DOMINGUEZ DOMINGUEZ. 3) Copia de las cedulas de identidad de sus dos (2) hermanos.
En fecha 20 de Junio de 2012, compareció el solicitante ciudadano JESUS DOMINGUEZ SIERRAALTA, quien actúa en su propio nombre y representación mediante la cual consignó copia certificada del acta de defunción de la ciudadana BLANCA MARIA SIERRAALTA DE DOMINGUEZ.
En fecha 06 de julio de 2012, se admitió la presente solicitud en la cual se ordenó librar edicto convocando a cuantas personas se crean con interés directo y manifiesto en la inserción de acta de defunción de la ciudadana BLANCA MARIA SIERRALTA DE DOMINGUEZ, para que comparecieran por ante este Tribunal dentro del lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la publicación del edicto ordenado, de igual manera se ordenó notificar al Fiscal del Ministerio Publico.
En fecha 17 de julio de 2012, se libró boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, anexando copia certificada de la solicitud y del auto de admisión, edicto para ser publicado en el diario "El Nacional".
En fecha 20 de julio de 2012, compareció por ante este Tribunal el ciudadano KAYBEL ROSALES, Alguacil adscrito a este Circuito Judicial, y dejó constancia que en fecha 18 de julio de 2012, practicó la notificación del Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 20 de julio de 2010, compareció el solicitante y dejó constancia de haber retirado el edicto.
En fecha 16 de marzo de 2011, compareció la solicitante y consignó el Edicto publicado en el Diario El Nacional.
En fecha 31 de julio de 2012, compareció por ante este Tribunal la abogada GRACIELA AGUILAR, en su carácter de Fiscal Centésima del Ministerio Publico de esta misma Circunscripción Judicial, y expuso que no se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 507 del Código Civil, en razón de ello una vez conste en autos las resultas vuelvan a notificar a la representación fiscal.-
En fecha 01 de Agosto de 2012, la Secretaria dejó constancia de haber dado cumplimiento a las formalidades establecidas en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 09 de Agosto de 2012, se dictó auto mediante el cual se dio cumplimiento a lo solicitado por la ciudadana Fiscal Centésima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial en el cual se libró nuevamente boleta de notificación a la ciudadana Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 17 de septiembre de 2012, compareció por ante este Tribunal la ciudadana VILAMA IZARRA ROYERO, Alguacil adscrita a este Circuito Judicial, y dejó constancia que en fecha 12 de septiembre de 2012, practicó la notificación del Fiscal del Ministerio Publico.
Cumplidos como han sido todos los tramites relativos al presente procedimiento de Inserción de Acta de defunción, este Tribunal Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 769 y 772 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 501 y 462 del Código Civil y el artículo 39 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, y visto que no hubo oposición al presente procedimiento de Inserción de Acta de Defunción de la ciudadana BLANCA MARIA SIERRAALTA DE DOMINGUEZ, titular de la cedula de identidad N°. V.-707.347, y como quiera que los elementos probatorios aportados como el Certificado de defunción emanado de La Dirección General de Epidemiología y Análisis estratégico Dirección de Información Social y Estadísticas, donde se evidencia la fecha y causa de muerte de la ciudadana BLANCA MARIA SIERRAALTA DE DOMINGUEZ, y la Constancia emanada de la Oficina de Registro Civil Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda, donde se evidencia la fecha del deceso de la mencionada ciudadana, este Juzgado ordena la INSERCIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION de la ciudadana BLANCA MARIA SIERRAALTA DE DOMINGUEZ , en la Oficina sede del Registro Civil del Municipio Chacao, a cuyos fines se ordena librar oficio remitiendo copia certificada de la solicitud y de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión en los copiadores de sentencia de este Juzgado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, veintiuno (21 ) de Septiembre de 2012. Años 202° y 153°.
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