REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiséis (26) de septiembre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

ASUNTO: AP21-L-2012-003195
Examinado el escrito transaccional fecha 18 de septiembre de 2012, suscrito por la ciudadana AUDREY BOLIVAR C.I.N°: 14.386.888, en su carácter de parte actora, debidamente asistida por el abogado GIANFRANCO SACCHI I.P.S.A. N° 35.525, por una parte y por la otra el abogado LUIS HERNANDEZ I.P.S.A. N° 35.656, en su carácter de representante Judicial de la parte demandada, mediante el cual llegaron a un acuerdo por la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.465.000,00), los cuales fueron cancelados mediante cheque Nº 00031254, girado contra el “Banco Provincial”, en fecha 17 de septiembre de 2012, emitido a favor de Audrey Velvet Bolívar Izquierdo, según consta en el escrito presentado en fecha 18 de septiembre de 2012, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), suscrito por ante la Notaria Pública Trigésima Séptima del Municipio Libertador del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras (LOTTT) y los artículos 10 y 11 del Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Así se establece.
El Juez
Francisco Javier Río Barrios


El Secretario
Yorman García Martínez