REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER CON COMPETENCIA DE REENVIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
CON COMPETENCIA EN MATERIA DE REENVÍO EN LO PENAL

Caracas 03 de septiembre de 2012
202º y 153º

Ponenta: Jueza Integrante: Francia Coello González

Asunto Nº CA- 1358-12-VCM

Resolución Judicial N° 282 - 12

En fecha 19 de julio de 2012, la ciudadana Days María Guzmán Valdez, actuando como Defensora Pública Tercera con Competencia Especial en Delitos de Violencia contra la Mujer, adscrita a la Unidad de Defensa Pública Penal del Área Metropolitana de Caracas, contra la decisión dictada en fecha 29 de mayo de 2012, por el Juzgado Tercero de Violencia Contra la Mujer, en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial Penal y sede, mediante la cual decretó privación judicial preventiva de libertad contra el ciudadano Manuel Alexander Pérez Longa, con fundamento en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por los delitos de Violencia Sexual Agravada en grado de cooperador y Violencia Sexual Agravada a titulo de autor.

Al respecto, esta Corte de Apelaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por disposición expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, procede a verificar las exigencias del artículo 437 literales a. b y c, del citado Código referente a las causales de inadmisibilidad, observándose que la recurrente tiene la legitimación para intentarlo por ser la defensora del imputado y no se evidencia oposición de éste; el mismo fue interpuesto en el lapso correspondiente y es recurrible en los términos del artículo 447 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia, el recurso de apelación de auto sometido a la decisión de esta instancia, cumple con los requisitos para ser admitido y en este sentido, se resolverá sobre la procedencia de la cuestión planteada. Cabe resaltar que la Representación Fiscal Nonagésima Octava si bien se dio por emplazada el día lunes 03 de agosto de 2012, no dio respuesta alguna al recurso de apelación interpuesto. Así se decide.


DISPOSITIVA

Por los argumentos expuestos, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con competencia en Reenvió en lo Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Admite el recurso de apelación interpuesto en fecha 19 de julio de 2012, por la Defensora Pública Tercera con Competencia Especial en Delitos de Violencia contra la Mujer, adscrita a la Unidad de Defensa Pública Penal del Área Metropolitana de Caracas, contra la decisión dictada en fecha 29 de mayo de 2012, por el Juzgado Tercero de Violencia Contra la Mujer, en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial Penal y sede, mediante la cual decretó privación judicial preventiva de libertad contra el ciudadano Manuel Alexander Pérez Longa, con fundamento en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por los delitos de Violencia Sexual Agravada en grado de cooperador y Violencia Sexual Agravada a titulo de autor.

Regístrese, déjese copia. Cúmplase.
LA JUEZA PRESIDENTA,

DOCTORA NANCY ARAGOZA ARAGOZA
LAS JUEZAS INTEGRANTES


ABOGADA RENÈE MOROS TRÓCCOLI

DOCTORA FRANCIA COELLO GONZÁLEZ
Ponenta
LA SECRETARIA


ABOGADA AUDREY DIAZ SALAS

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA


ABOGADA AUDREY DIAZ SALAS


NAA/RMT/FCG/Ads/ale/rmt.-
Asunto Nº. CA-1358-12-VCM.