REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de La
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio
202° y 153°
ASUNTO: AP51-V-2011-014397
DEMANDANTE: el ciudadano ALDO LUIS CARLOS DÍAZ SCHLOETER, titular de la cédula de identidad N° 11.861.971, debidamente asistido por los Abogados en ejercicio, LUIS ANTONIO PIETRI GIBBS Y CARMEN DIANORA DIAZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 113.016 y 12.198 respectivamente.
DEMANDADO: la ciudadana BLANCA ELENA RIVAS LEON, titular de las cédula de identidad Nro. V-11.796.463, asistida por la abogada LUISANA DEL NOGAL, en su carácter de Defensora Pública Décima Catorce (14) de protección.
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: YNES DIAZ en su carácter de Fiscal Nonagésima Primera (91°) del Ministerio Público.
NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES: (SE OMITEN DATOS CONFORME AL ART. 65 DE LA LOPNNA)
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MOTIVO: MODIFICACIÓN DE CUSTODIA

Vista el acta que antecede, con motivo de la celebración de la Audiencia de Juicio, suscrita en fecha 19/09/2012, mediante la cual se dejó expresa constancia que los ciudadanos ALDO LUIS CARLOS DÍAZ SCHLOETER Y BLANCA ELENA RIVAS LEON, llegaron a un convenimiento de mutuo y amistoso acuerdo, en relación al RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR a favor del el niño -, quedando establecido de la siguiente manera:
“el niño compartirá con su madre el día de hoy en la siguiente dirección: Urb. Las Minas, km 14, carretera panamericana, Edificio los Andes, piso 1, apartamento 12, teléfono 3729562, 04242538259 y lo entregará al padre en el Centro Comercial La Colina en la panadería donde están las mesitas al frente de la zapatería y la farmacia a las 4:00pm el día de mañana, adicionalmente, un fin de semana cada quince días el niño pernotará con la madre, hasta tanto se dicte sentencia en la presente causa, en la dirección antes señalada comenzando con el fin de semana, desde el viernes a las 4:00pm hasta el domingo a la 4:00pm, comenzando con el fin de semana que corresponde al 5 de octubre de 2012, para lo cual el niño será entregado en el Colegio donde estudia el niño, y la madre se compromete a llevarlo a la competencia de caballo si coinciden con el fin de semana que le corresponde a la progenitora.”
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACIÓN, a dicho convenio en cada una de sus partes, dándole carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo previsto en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para lo cual se ordena formar un solo cuerpo con el presente fallo. Expídase por Secretaria copia certificada de la presente decisión y entréguese a las partes interesadas a los fines legales consiguientes. Líbrese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los veinticinco (25) días del mes de septiembre de Dos Mil Doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZ,


BETILDE ARAQUE GRANADILLO

EL SECRETARIO,


ENDER PÉREZ


En esta misma fecha y previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, déjese copia de la misma en el copiador de sentencias de este Tribunal, dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.




EL SECRETARIO,


ENDER PÉREZ







AP51-V-2011-014397
Motivo: Modificación de Custodia
BAG/EP/AR.-