REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 17 de Septiembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO : AP51-V-2012-009342
Revisadas las actas que conforman la presente causa de Obligación de Manutención, esta Juzgadora observa que en la Boleta de Notificación librada en fecha 02 de Julio de 2012, dirigida a la ciudadana VERA CRUZ GUERRRA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V-7.953.440, se señala como dirección de domicilio, la dirección procesal de la parte actora ciudadano LUIS ACEVEDO, titular de la cedula de identidad N° V-9.136.805, por lo cual en vista de que se incurrió en un error material, debe subsanarse el mismo, por lo anterior, esta Juez del Tribunal Noveno (9no) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en aras de garantizar una Tutela Judicial Efectiva, como es el acceso a la justicia, el Derecho a la Defensa, al Debido Proceso y la Celeridad Procesal, de conformidad con los principios establecidos en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y visto que se debe cumplir con las formalidades establecidas en el nuevo procedimiento, de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ordena la REPOSICION de la presente causa, conforme a los establecido en el artículo 211 del Código de Procedimiento Civil, al estado de librar la notificación correspondiente, a los fines de cubrir los extremos de Ley. En consecuencia, se declara la nulidad de todos los actos procesales ocurridos desde 02 de Julio de 2012, hasta la fecha, en el entendido que se proveerá lo conducente mediante auto separado. Así se decide. Cúmplase.-
La Juez,
Dra. Dania Ramírez Contreras.
EL SECRETARIO
Abg. KRISTIAN CASTELLANOS
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