REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Del Tribunal De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas Y Nacional De Adopción Internacional
Juez Del Tribunal Décimo Quinto De Primera Instancia De Mediación Y Sustanciación De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes
Caracas, 18 de septiembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: AP51-J-2012-015919
PARTE SOLICITANTE: ZAIDA JACINTA VARGAS BELLO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 6.557.408.
MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA VIAJAR (Declarando Cierre y Archivo)

Vista la presente solicitud de fecha 10/08/2012, presentada por la ciudadana ZAIDA JACINTA VARGAS BELLO, ut supra identificada, debidamente asistida por el Abg. FAVIO BOLIVAR ROCCA, inscrito en el IPSA bajo el N° 117.159, relativa a la AUTORIZACION DE VIAJE, a favor de sus hijos *******, de doce (12) y nueve (09) años de edad, respectivamente, mediante la cual solicitan al Tribunal autorización para que el referido adolescente y niña realizaran viaje a la ciudad de Miami Florida de Estado Unidos de América, desde el veintiséis (26) de agosto del año 2012, a fin de disfrutar de vacaciones en compañía de su madre, la ciudadana ZAIDA JACINTA VARGAS BELLO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 6.557.408. Ahora bien, tal y como se desprende de autos, ya se encuentra vencido el lapso en el que se pretendía realizar el viaje objeto de la presente causa, igualmente, se observa que a la presente fecha la parte interesada no ha manifestado ningún cambio de fecha en el mismo, es por ello que, este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, ejecución y Régimen Transitorio ordena el CIERRE Y ARCHIVO del presente asunto, por no existir la motivación que dio origen al presente juicio. Entréguese copia certificada de la presente decisión así como los documentos originales que rielan a los folios, una vez la parte interesada consigne los fotostatos respectivos. Cúmplase.-
LA JUEZ


DRA. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA


ABG. BREIXA OSORIO
Lcd/bo/marianna