REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes Del Área Metropolitana De Caracas Y Nacional De Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15°) De Primera Instancia De Mediación, Sustanciación, Ejecución Y Transición De Niños, Niñas Y Adolescentes
Caracas, 28 de septiembre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: AP51-J-2012-015111
Motivo: AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE
Solicitante: JOHANNA MOLINA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-15.377.058
Abogada: CELIA MENDOZA, en su carácter de Fiscal Centésima Quinta (105°)

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, presentada por la ciudadana JOHANNA MOLINA; se observa del acta de fecha 25/09/2012, cursante al folio 08 del presente asunto, que no compareció la parte solicitante ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, observándose desinterés en la causa, y al no haberse cumplido la formalidad de Ley, este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO de AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, y en consecuencia, se DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA y se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día veintiocho (28) de septiembre de Dos Mil Doce (2012). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
LA JUEZ,

Dra. LENNI CARRASCO DORANTE

LA SECRETARIA,

Abg. BREIXA OSORIO
AP51-J-2012-015111
Lcd/bo/marianna