REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve de abril de dos mil trece (2013)
203º y 154º
ASUNTO: AP21-S-2013-000885
Vista la diligencia que antecede de fecha 24 de abril de 2013, presentada por la abogada CLARISSA STUYT, I.P.S.A Nº 139.520, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente, según consta de Instrumento Poder que corre inserto a los folios (04 al 09) del presente expediente con facultad expresa para desistir, este Juzgado, verificados los extremos legales y constatado que la apoderada está facultada para obrar de esa forma, en tal sentido se HOMOLOGA dicho desistimiento planteado en la oferta Real de Pago presentada por la empresa GE INTERNATIONAL DE VENEZUELA, S.A (antes denominada (TERRENOS y MAQUINARIAS TERMAQ, S.A)., a favor de la ciudadana ADECZA MARIA LAMEDA SANCHEZ, cuanto al procedimiento y DA POR TERMINADA LA PRESENTE CAUSA.
El Juez
El Secretario
Abg. Franklin Porras Mendoza
Abg. Mario Colombo
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