REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 8 de abril de dos mil trece (2013)
202° y 154º
ASUNTO : AP21-L-2012-00365
PARTE ACTORA: ANIBAL DE JESUS PIÑERO, titular de la cédula de identidad número 6.243.198.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: FABIOLA ALVAREZ SALAZAR, y otros, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 49.596.
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS 1217 C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No hay apoderado constituido en autos.
Se inicia la presente demanda interpuesta por el ciudadano ANIBAL PIÑERO presentada en fecha 3 de febrero de 20112.
Se dictó auto de recibido en fecha 7 de febrero de 2012.
Por auto de fecha 7 de febrero de 2012 se dictó auto admitiendo la demanda.
Mediante diligencia del Alguacil de fecha 2 de marzo de 2012 se dejó constancia de lo negativo de la notificación.
Por auto de fecha 7 de marzo de 2012 se ordenó si instó al actor a señalar nuevo domicilio.
Por auto de fecha 8 de octubre de 2012 se ordenó la remisión de la causa al archivo intermedio.
A la presente fecha 08 de abril de 2012 no consta en autos en modo alguno ningún acto de procedimiento de las partes.
Por su parte, el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla:
“Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”
En tal sentido, en el caso de marras, desde la última actuación y única actuación (3 de febrero de 2012) hasta la presente fecha, ha transcurrido más del año previsto en la norma antes transcrita; por lo que conforme al artículo 202 ejusdem, forzoso es para este Tribunal declarar la perención.
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio seguido por el ciudadana ANIBAL DE JESUS PIÑERO contra SERVICIOS 1217 C.A.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los 08 del mes de ABRIL de 2012. Años 202° y 153°
La Juez
Abog. Neyireé Toledo
La Secretaria
Abg. Lisbeth Montes
Nota: En esta misma fecha, se publicó la anterior decisión, siendo las 10.05 am
La Secretaria
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