REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 29 de abril de 2013
203° y 154°

ASUNTO N°: AP21-S-2013-000757
PARTE ACTORA: LABORATORIOS FARMA, S.A.
APODERADOS JUDICIALES PARTE ACTORA: Clarissa Stuyt
PARTE OFERIDA: HOWARD GUEVARA CASTRO
APODERADOS JUDICIALES PARTE OFERIDA: No consta en autos
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Visto el escrito de Transacción de fecha 12 de Abril de 2013, suscrito por los ciudadanos Clarissa Stuyt, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 139.520, representante legal de LABORATORIOS FARMA, S.A., C.A., parte oferente y por la otra parte el ciudadano HOWARD GUEVARA CASTRO, titular de la cedula de identidad numero V-16.524.346, parte oferida, asistida en este acto por el Abogado Jesus Mijares, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 135.349, mediante el cual las partes alcanzan un acuerdo respecto de sus pretensiones, cancelando la parte oferente la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SEIS BOLÍVARES CON TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 444.506,38). En este sentido, el Tribunal observa que el referido acuerdo transaccional cumple con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley, discutidos como han sido los conceptos a transigir y visto que las partes se encuentran libres de constreñimiento alguno, en consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA la Transacción celebrada entre las partes de conformidad con los artículos 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, y 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
La Juez

El Secretario
Abg. Estela Romero
Abog. Lisbeth Montes