REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 30 de abril de 2013
203° y 154°
ASUNTO N°: AP21-L-2012-001136
PARTE ACTORA: INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA VENEZUELA, S.R.L.
APODERADOS JUDICIALES PARTE ACTORA: José Boggiano
PARTE OFERIDA: JOHNNEDY JOSE AULAR ALVARADO
APODERADOS JUDICIALES PARTE OFERIDA: No consta en autos
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Visto el escrito de Transacción de fecha 8 de abril de 2011, suscrito por los ciudadanos José Boggiano, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.960 representante legal de INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA VENEZUELA, S.R.L., parte oferente y por la otra parte el ciudadano JOHNNEDY JOSE AULAR ALVARADO, titular de la cedula de identidad numero V-17.557.363, parte oferida, asistida en este acto por la Abogada Azory Rangel, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 70.356, mediante el cual las partes alcanzan un acuerdo respecto de sus pretensiones, cancelando la parte oferente la cantidad de CATORCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLÍVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (Bs. 14.648,20). En este sentido, el Tribunal observa que el referido acuerdo transaccional cumple con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley, discutidos como han sido los conceptos a transigir y visto que las partes se encuentran libres de constreñimiento alguno, en consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA la Transacción celebrada entre las partes de conformidad con los artículos 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y las Trabajadoras, y 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Se da por terminado este asunto. Se ordena el cierre y archivo del expediente.
La Juez
El Secretario
Abg. Estela Romero
Abog. Lisbeth Montes
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