REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, tres de abril de dos mil trece
202º y 154º
ASUNTO : AP21-L-2012-005212
Vista la diligencia de fecha 1ro. de abril de 2013 en el cual la experta contable TERESITA VIETRI, titular de la cédula de identidad Nro. 5.619.667, solicita prórroga de cinco (5) días hábiles, para la entrega del informe de experticia complementaria del fallo, argumentando que la experticia se encuentra realizada en un 50%, este Juzgado niega la prórroga solicitada, pues la ciudadana experta no indica motivo alguno que justifique la prórroga . Además, el lapso de diez (10) días hábiles concedido para la realización de la labor es tiempo suficiente, visto que la experticia se limita a calcular intereses sobre prestaciones sociales, intereses moratorios y corrección monetaria, para una antigüedad de la parte actora de 1 año, 3 meses y 12 días. En consecuencia, se revoca el nombramiento de la experta contable designada y se ordena la remisión del asunto a la Coordinación de Secretarios para sorteo de experto, excluyendo a la ciudadana TERESITA VIETRI del sorteo. CUMPLASE.-
El Juez
El Secretario
Abg. Olga Romero
Abg. Dorimar Chiquito
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