REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 03 de abril de 2013
202º y 154º
ASUNTO N° AF41-U-1999-000103.- INTERLOCUTORIA N° 53.-
ASUNTO ANTIGUO N° 1251.-
Vista la diligencia de fecha 02 de abril de 2013, suscrita por la ciudadana Nubia del Carmen Moreno P., titular de la cédula de identidad N° 3.961.691 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 71.439, actuando en su carácter de sustituta del ciudadano Procurador General de la República, mediante la cual señaló: “…consigno Memorando N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DR/2013-000832 de fecha 18 de marzo de 2013, en el que el Gerente de Región Capital remite el Estado de Cuenta de la Contribuyente MICHELE SPANO AMORENA y señala que: “las planillas confirmadas en la decisiones judiciales se encuentran canceladas” los cuales se acompañan a los fines de cerrar definitivamente el expediente…”
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, este Juzgado Superior observa que efectivamente fue consignado el Memorando N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DR/2013-00832 de fecha 18 de marzo de 2013, en el que el Gerente de Región Capital remitió el Estado de Cuenta de la contribuyente supra señalada, mediante la cual se evidencia que la misma canceló a favor del ente fiscal acreedor, tanto la obligación tributaria, como las costas procesales derivadas del presente proceso.
En tal virtud, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CUMPLIDA VOLUNTARIAMENTE la Sentencia Definitiva N° 1415, dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha 16 de diciembre de 2009.
Publíquese, regístrese y notifíquese al ciudadano Procurador General de la República, de conformidad a lo establecido en el artículo 86 del Decreto con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.-
Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación de la sentencia, el segundo para que repose en original en el respectivo copiador.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los tres (03) días del mes de abril del año dos mil trece (2013). Años: 202° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez Provisorio,
Abg. Javier Sánchez Aullón.-
El Secretario Titular,
Abg. Félix José España González.-
ASUNTO Nº AF41-U-1999-000103.-
ASUNTO ANTIGUO N° 1251.-
JSA/voa.-
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