REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 29 de Abril de 2013
203º y 154º
ASUNTO: AF45-U-2001-000142 SENTENCIA INTERLOCUTORIA S/N
Asunto Antiguo. 1760
Vista la diligencia 24 de Abril del año 2013, suscrita por la ciudadana MARAVEDI M. MORALES, titular de la cédula de identidad N° 5.995.838, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.439, actuando en su carácter de Abogada sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela, en Representación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual solicita se dicte decreto de Ejecución de la Sentencia dictada en fecha 18 de Octubre del año 2002, con el fin de proveer lo solicitado, este Tribunal, de la revisión realizada a las actas procesales que conforman el presente expediente pudo observar:
PRIMERO: Que en fecha 18 de Octubre del año 2002, se dictó Sentencia Definitiva N° 656, mediante la cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario, y ordenó librar Boletas de Notificación a los ciudadanos; Procuradora y Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela, al Fiscal del Ministerio Público con competencia Tributaria, a los fines de lo dispuesto en el Artículo 277 del Código Orgánico Tributario.
SEGUNDO: Seguidamente fueron consignadas las respectivas Boletas de Notificación en su oportunidad: en fecha 16/12/2002, al Fiscal del Ministerio Público, al Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela en fecha 20/01/2003, y finalmente a la ciudadana Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela en fecha 05/03/2003.
TERCERO: En fecha 02 de Mayo de 2003, se dictó auto donde se oyó en ambos efectos la Apelación interpuesta por el Representante del Fisco Nacional; en consecuencia, se remitió el referido expediente a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Oficio Nº 4110, de fecha 02 de Mayo del año 2003.
En fecha 09 de Julio del 2004, se recibió de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, las resultas de la apelación en comento, este Tribunal ordenó las boletas de notificación pertinentes, debidamente consignadas en fecha 14/08/07 al Contralor General de la República, en fecha 09/10/07, a la Procuradora General de la República, en fecha 21/11/07 a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), y en fecha 29/02/2008, a la Recurrente de marras, y definitivamente firme como ha quedado la precitada Sentencia siendo, Confirmada por la referida Sala, recaída en el presente procedimiento Contencioso Tributario, intentado por la recurrente “CORPORACIÓN H.M.S. 250, C.A”, este Tribunal acuerda de conformidad, y por tanto se decreta su ejecución de conformidad con lo previsto en los Artículos 280 del Código Orgánico Tributario, y 523 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente, a cuyo fin se ordena librar Boleta de Notificación a la referida Contribuyente para que proceda al cumplimiento o ejecución voluntaria de la Sentencia en mención, para lo cual se le concede el lapso de diez (10) días de Despacho siguientes a que conste en autos su respectiva notificación. Cúmplase y líbrese Boleta de Notificación.-
LA JUEZ
Abg. BERTHA ELENA OLLARVES
LA SECRETARIA TEMPORAL
Abg. ANAMAR HERRERA GUAITA
La presente decisión se público en su fecha, a las doce (12:00 a.m) horas del día.
LA SECRETARIA TEMPORAL
Abg. ANAMAR HERRERA GUAITA
Asunto A. 1760
Asunto N: AF45-U-2001-000142
BEOH/AHG/OVA.-
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