REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 25 de abril de 2013
203º y 154º

Vista la anterior demanda que por COBRO DE BOLIVARES (VÍA ORDINARIA), sigue el BANCO EXTERIOR, C.A., ente financiero domiciliado en la ciudad de Caracas, Municipio Libertador, Distrito Capital, inscrito originalmente en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 21 de enero de 1956, bajo el Nº 5, Tomo 7-A y transformado en Banco Universal, según asiento inscrito por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el día 17 de abril de 1997, bajo el Nº 34, Tomo 92-A Pro., a través de su apoderado judicial Abogado JESUS RAMIREZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.804.547, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 113.765, contra el ciudadano NESTOR LEON GILLY, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Barinas, Estado Barinas, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.708.330, en su condición de deudor principal, y contra el ciudadano FRANCISCO LEON GILLY, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Barinas, Estado Barinas, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.207.240, en su carácter de avalistas de las obligaciones contraídas por el deudor principal, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal la ADMITE a sustanciación en cuanto ha lugar en derecho, por el procedimiento ordinario agrario establecido en los artículos 199 y siguientes de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En consecuencia, cítese a la parte demandada antes mencionada, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a la constancia que repose en autos de su citación, más seis (6) días continuos que se le conceden como término de la distancia, dentro de las horas despacho comprendidas de ocho y treinta minutos de la mañana a tres y treinta minutos de la tarde (8:30 a.m. a 3:30 p.m.), a fin que de contestación a la demanda incoada en su contra. Líbrense boletas de citación junto con compulsas y remítanse al Juzgado Distribuidor del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a fin que el Tribunal que resulte sorteado, queda comisionado amplia y suficientemente para practicar la citación personal de la parte demandada. Líbrese oficio. Cúmplase con lo ordenado.
EL JUEZ,


Dr. JOHBING RICHARD ALVAREZ ANDRADE
LA SECRETARIA,

Abg. DAYANA TAPIA CARABALLO

































Exp.: Nº 2012-4254.-
JRAA/dtc/jlvg.-