REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL
Caracas, tres (03) de abril de dos mil trece (2013).-
202º y 154°
Visto el escrito de pruebas presentado por el abogado JESÚS LEONARDO ROMERO MORALES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 46.192, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RAMÓN ANTONIO GONZÁLEZ MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-11.836.495, parte querellante en el presente recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto contra el SERVICIO BOLIVARIANO DE INTELIGENCIA NACIONAL (SEBIN), este Tribunal pasa a pronunciarse sobre la admisibilidad de las mismas en los siguientes términos:
I
DE LAS PRUEBAS PROMOVIDAS POR
LA PARTE QUERELLANTE
A- De las pruebas documentales:
En lo atinente a las pruebas documentales promovidas, en el capítulo I del escrito presentado por el apoderado judicial de la parte querellante, se admiten cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no ser manifiestamente ilegales o impertinentes.-
DRA. ALEJANDRO GÓMEZ
EL JUEZ
LA SECRETARIA
ABG. HERLEY PAREDES
Exp. Nº 07128
AG/HP/Nedam
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