REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 4 de abril de 2013
202º y 154º
ASUNTO: AP11-V-2013-000304

Por recibido y visto el anterior libelo de demanda, así como los recaudos consignados, por el ciudadano JOSÉ ENRIQUE GARCÍA FERNÁNDEZ, de nacionalidad española, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº E-81.058.547, en su carácter de Director General de la Empresa MACARPI C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 14 de junio de 1976, con el Nº 23, Tomo 72-A Sgdo., asistido por el abogado LEÓN MANUEL MASS AQUINO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 78.248 contra los codemandados sociedades mercantiles, INVERSIONES LILHEC C.A., debidamente registrada en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 2 de abril de 1987, bajo el N° 56, Tomo 2-A, en la persona de ARMANDO HOFFMANN SERRANO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-3.182.552, HECTOR HOFFMANN C.A., debidamente registrada en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 5 de mayo de 1959, bajo el N° 16, Tomo 20-A e INVERSIONES MOHEVA C.A., debidamente registrada en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 9 de marzo de 1959, bajo el N° 64, Tomo 62-A Pro., ambas en la persona de HECTOR R. HOFMANN SERRANO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-2.933.828, TAUREL & CIA. SUCRS, C.A., debidamente registrada por ante el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 19 de enero de 1949, bajo el N° 99, Tomo 5-D, en la persona de JESÚS RAMON GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V- 3.715.032, INVERSORA GOMEZ LABARCA, C.A., debidamente registrada en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 10 de diciembre de 1975, bajo el N° 66, Tomo 10-B Sto, en la persona de ELIZABETH GOMEZ L., venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-5.093.550, BARANKA S.A., debidamente registrada en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 18 de julio de 1973, bajo el N° 23, Tomo 90-A, en la persona de ENRIQUE DIQUEZ LARRAZABAL, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-3.753.885, INVERSIONES HOFERGO, C.A., debidamente registrada en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 17 de enero de 1989, bajo el N° 6, Tomo 17-A, y asentado en las oficinas del Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, bajo el expediente N° 4332., en la persona de ROSA MARIA AULAR, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-3.185.206, y a esta en su propio nombre, INVERSIONES LA ESQUINA DE LOS 26, C.A., debidamente registrada en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 18 de octubre de 2007, bajo el N° 49, Tomo 1682-A, en la persona de GUSTAVO JOSE DIQUEZ LARRAZABAL, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-3.753.900, INVERSIONES TINOCO, C.A., debidamente registrada en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 29 de abril de 1969, bajo el N° 23, Tomo 30-A, en la persona de PEDRO R. TINOCO P., venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-300.828, INVERSIONES B.P., C.A., debidamente registrada en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 3 de junio de 1976, bajo el N° 7, Tomo 84-A, en la persona de MILAGROS BRANDT de AZPÚRUA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-4.822.228, la sucesión de FEDERICO GOMEZ ESCUDERO, titular de la cedula de identidad N° V-801.160, representado por la ciudadana FLOR CAROLINA GOMEZ GARCIA, titular de la cedula de identidad N° 6.486.386, la sucesión de ANDRES GERMAN OTERO, titular de la cedula de identidad N° V-33.239, representado por los ciudadanos MARIO FERNANDEZ PORRAS, ALFREDO FERNANDEZ P., GUSTAVO FERNANDEZ y DIANA SARDI MENDEZ en representación de MILAGROS AULAR DE SUAREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nos. V-1.739.780, V-2.938.367, V-3.798.079 y V-10.780.152, respectivamente, todos en su carácter de accionistas de la empresa ALMACENADORA LA GUAIRA C.A., y el ciudadano ELIAS SAYEGH TERKMANI, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-6.000.163, en su carácter de comprador, el Tribunal la ADMITE, cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni alguna disposición expresa en la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 881 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 33 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. En consecuencia se ordena emplazar a las sociedades mercantiles INVERSIONES LILHEC C.A., en la persona de ARMANDO HOFFMANN SERRANO, HECTOR HOFFMANN C.A., e INVERSIONES MOHEVA C.A., ambas en la persona de HECTOR R. HOFMANN SERRANO, TAUREL & CIA. SUCRS, C.A., en la persona de JESÚS RAMON GONZALEZ, INVERSORA GOMEZ LABARCA, C.A., en la persona de ELIZABETH GOMEZ L., BARANKA S.A., en la persona de ENRIQUE DIQUEZ LARRAZABAL, INVERSIONES HOFERGO, C.A., en la persona de ROSA MARIA AULAR y a esta en su propio nombre, INVERSIONES LA ESQUINA DE LOS 26, C.A., en la persona de GUSTAVO JOSE DIQUEZ LARRAZABAL, INVERSIONES TINOCO, C.A., en la persona de PEDRO R. TINOCO P., INVERSIONES B.P., C.A., en la persona de MILAGROS BRANDT de AZPÚRUA, la sucesión de FEDERICO GOMEZ ESCUDERO, en la persona de la ciudadana FLOR CAROLINA GOMEZ GARCIA y la sucesión de ANDRES GERMAN OTERO, en las personas de los ciudadanos MARIO FERNANDEZ PORRAS, ALFREDO FERNANDEZ P., GUSTAVO FERNANDEZ y DIANA SARDI MENDEZ en representación de MILAGROS AULAR DE SUAREZ, antes identificados; todos en su carácter de accionistas de la empresa ALMACENADORA LA GUAIRA C.A., y el ciudadano ELIAS SAYEGH TERKMANI, en su carácter de comprador, para que comparezcan por ante este Tribunal al segundo (2) día de despacho siguientes a la constancia en autos que de la ultima de las citaciones ordenadas se haga, más un (1) día que se les conceden como término de distancia que correrá con prelación al lapso de emplazamiento, dentro de las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m. y las 3:30 p.m., para que den contestación a la demanda, que por RETRACTO LEGAL incoara en su contra la Empresa MACARPI C.A.
A los fines de la práctica de las citaciones acordadas, se comisiona amplia y suficientemente a un Juzgado del Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a quien se ordena librar despacho bajo oficio, anexando la compulsa respectiva.
Compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil; una vez que la parte interesada suministre los fotostátos correspondiente mediante diligencia.
Asimismo, visto el pedimento del demandante, en la parte final del escrito libelar, donde solicita le sean expedidas copias certificadas del libelo de la demanda, con el auto de admisión y la orden de comparecencia ante el Juez, de conformidad con el artículo 1969 del Código Civil, este Tribunal acuerda expedir copias certificadas del libelo de demanda y del presente auto, previa consignación de los fotostatos antes mencionados. Así se establece.-
La Juez

SARITA MARTÍNEZ CASTRILLO.-
La Secretaria

JINNESKA GARCÍA.-








SM/JG/AM