REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 18 de abril de 2013
202º y 154º

ASUNTO: AH13-M-1999-000007


Visto el escrito suscrito por la ciudadana Alejandra Báez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-15.178.033, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 123.251, actuando en su carácter de defensora judicial designada en el presente juicio mediante el cual entre otros aspectos solicita al Tribunal se sirva establecer la validez de su función como defensora de ambas partes o sobre quien recae efectivamente su nombramiento toda vez que ha sido designada tanto para la parte demandante como de la demandada, por lo que requiere se proceda a la reposición de la causa al estado de nombrar nuevamente defensor judicial a los herederos desconocidos de la parte actora y se esclarezca en que oportunidad procesal se encuentra el presente expediente, ante tal pedimento este Juzgado pasa a pronunciarse de la siguiente manera:
Luego de revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente se verificó que en fecha 31 de marzo de 2011 se designó a la referida profesional del derecho como Defensora Judicial de los herederos desconocidos del de cujus Rafael D´Agostino, cargo que fuese aceptado mediante diligencia de fecha 25 de mayo de 2010.
Posteriormente ante la imposibilidad de lograr la citación de la parte demandada el Tribunal procedió a designar Defensor Judicial recayendo tal designación en la abogada Alejandra Báez, quien aceptó el cargo en fecha 28 de febrero de 2013.
De lo antes transcrito se evidencia que la referida profesional del derecho fue designada en dos oportunidades como defensora judicial en el presente juicio, siendo el caso que en la primera de las oportunidades se le designó a los herederos desconocidos del de cujus Rafael D´Agostino (parte actora) y la segunda oportunidad se le asignó la defensa de la parte demandada.
Ante tal condición debe procederse a subsanar dicha situación, por lo que este Juzgado en resguardo al derecho a la defensa y el debido proceso, ambos principios consagrados en nuestra Carta Magna, deja sin efecto la designación como defensora judicial de la profesional del derecho Alejandra Báez, en cuanto se refiere a los herederos desconocidos del de cujus Rafael D´Agostino, quedando vigente su nombramiento para la defensa de la parte demandada ciudadano Raúl Torrealba Ramos. Así se precisa.
Establecido lo anterior este Juzgado pasa a nombrar nuevo defensor judicial a los herederos desconocidos del de cujus Raúl Torrealba Ramos, recayendo tal designación en la persona de la ciudadana Norka Cobis Ramírez, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 100.620, quien deberá comparecer por ante este Tribunal al Segundo (2do) día de despacho siguiente a la constancia en auto de su notificación a fin de aceptar o no el cargo recaído en su persona en el estado en el que se encuentra el juicio y en el primero de los casos prestar el juramento de ley. Líbrese boleta de notificación.
Por último se deja establecido que una vez conste en autos la notificación de la defensora judicial designada se reanudara la causa, comenzando a computarse el lapso para dar contestación a la demanda, ello en virtud de la oposición que formulara la abogada Alejandra Báez, es decir para que se proceda a la contestación a la demanda. Así se establece.
El Juez

Dr. Juan Carlos Varela Ramos
La Secretaria

Abg. Diocelis Pérez Barreto