REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 26 de abril de 2013
203º y 154º
Asunto: AP11-M-2012-000161
Vista la diligencia de fecha 24 de Abril de 2013, suscrita por el Alguacil José Daniel Reyes, en la que informa que se trasladó al Domicilio Procesal de la parte demandada con la finalidad de hacer entrega de la boleta de notificación y en la misma afirma que se entrevisto con una ciudadana que no se identificó y le hizo entrega de la boleta de notificación, este Tribunal advierte que no tiene a la parte demandada por notificada con la mencionada actuación del Alguacil José Daniel Reyes, en virtud de que este debe identificar a la persona a quien le hizo entrega la boleta de notificación a través de la Cédula de identidad, cuya presentación debe exigir y obtener, ya que se quebrantaría la forma procesal por violación al Debido Proceso y el Derecho a la Defensa, conforme al criterio que asume este Juzgador de conformidad con el artículo 321 del Código de Procedimiento Civil, en reiteradas sentencias entre las cuales destacan las siguientes:
• Sentencia N° 766 de fecha 11 de Diciembre de 2003, Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil.
• Sentencia N° 2581 11 de Diciembre de 2001, Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional.
EL JUEZ,
Abg. LUIS ERNESTO GOMEZ SAEZ.
LA SECRETARIA,
Abg. JENNY GONZALEZ FRANQUIS.
Asunto: AP11-M-2012-000161.
LEGS/JGF/Alberto R.-