REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 30 de abril de 2013
203º y 154º

ASUNTO: AH1A-V-2008-000361
MOTIVO: ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS
PROFESIONALES
DECISION: (INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA)

DEMANDANTE: HUGO J. DOMINGUEZ LANDA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº 4.813.144, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 13.236.

DEMANDADO: Sociedad Mercantil VIALIDADES Y DRENAJES MORICHAL C.A., de este domicilio, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 22 de marzo de 1988, bajo el Nº 38, tomo 74-A, en la persona de su Director, ciudadano ADOLFO LANDI SALVATO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº 2.936.930.


-I-
PUNTO PREVIO
En virtud de mi designación por parte de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, conforme al oficio Nº CJ-10-0398, emanado de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, debidamente juramentado el siete (07) de mayo del año dos mil diez (2010) ante el Juez Rector Civil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas como Juez Provisorio, me aboco al conocimiento de la presente causa.


-II-
ANTECEDENTES
Se inicia el presente procedimiento por escrito presentado ante el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 15 de noviembre de 2007, y por auto de fecha 10 de diciembre de 2007, dicho Tribunal declinó la competencia a un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. (Folio 59).
Posteriormente, en fecha 12 de febrero de 2008, este Juzgado admitió la demanda por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales. (Folio 64).
En diligencia de fecha 26 de julio de 2010, el abogado HUGO J. DOMINGUEZ LANDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 13.236, actuando en su carácter de parte actora, y en forma expresa DESISTIO DEL PROCEDIMIENTO. (Folio 68).
Por consiguiente, este Tribunal da por CONSUMADO el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, formulado por la parte actora, en consecuencia se da por terminado este proceso y se ordena el archivo del expediente.


-III-
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

PRIMERO: CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO suscrito por el abogado HUGO J. DOMINGUEZ LANDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 13.236, actuando en su carácter de parte actora; se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, treinta (30) días del mes de abril del año dos mil trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
EL JUEZ

Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SAEZ
LA SECRETARIA

Abg. JENNY GONZALEZ FRANQUIS
En esta misma fecha, siendo las _______., previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA
Asunto: AH1A-V-2008-000361