REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, dieciséis (16) de abril de dos mil trece (2013), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 am), constituido como se encuentra este Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la secretaria Dubraska Ibarreto, se traslada en compañía del apoderado judicial de la parte actora abogado Humberto Cuffaro, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 114.992, a la dirección por él indicada: “ Sede del Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito del Área Metropolitana de Caracas, ubicado en el Centro Simón Bolívar, ala Norte, piso 3, Municipio Libertador del Distrito Capital”, a fin de dar cumplimiento al despacho de comisión de fecha dieciocho (18) de enero de dos mil trece (2013) librado por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito del Área Metropolitana de Caracas y practicar medida ejecutiva de embargo sobre: “… bienes de propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS DIECISÉIS BOLÍVARES CON 16/100 (Bs. 2.216.416,16), o su equivalencia suma esta que comprende el doble de la cantidad condenada a pagar en la sentencia dictada por el Juzgado Superior antes mencionado, en fecha 29 de Abril de 2009, así como el resultado de la experticia complementaria consignada en fecha 02 de Marzo de 2010, por los expertos designados, mas las costas de ejecución prudencialmente calculadas por el Tribunal al DIEZ POR CIENTO (10%), es decir, de CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES CON 76/100 (Bs. 164.541,76), suma esta que comprende el doble de la cantidad condenada a pagar en la sentencia dictada por este Juzgado, en fecha 30 de Noviembre de 2011, así como el resultado de la experticia complementaria consignada en fecha 17 de Septiembre de 2012, por el experto designado, más las costas de ejecución prudencialmente calculadas por el Tribunal al DIEZ POR CIENTO (10%), es decir la cantidad de SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLÍVARES CON 32/100 (Bs. 7.853,32). Con la advertencia que si la medida recayera sobre cantidades liquidas de dinero la misma se realizará hasta cubrir la cantidad OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES CON 54/100 (Bs. 86.188,54) suma esta que comprende la cantidad condenada a pagar, o sea la cantidad de SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLÍVARES CON 22/100 (Bs. 78.353,22), más las costas de ejecución calculadas por este Tribunal al diez por ciento (10%)…”. Todo ello con motivo del juicio de cobro de bolívares (Vía intimación) incoado por el ciudadano Jorge Enrique Oquendo Reyes contra Iván Alfredo Belisario Cárdenas. Una vez en el lugar indicado, siendo las 10:44 am, el apoderado judicial de la parte actora, ya identificado, solicitó en archivo el Expediente Nº AH1C-M-2007-000007. Posteriormente y siendo las 11:35 am el Tribunal es atendido por la Doctora Bella Dayana Sevilla Jiménez, en su condición de Juez del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de Caracas, a quien la Juez Ejecutora notifica de la medida. Seguidamente el apoderado judicial de la parte actora, abogado Humberto Cuffaro, expone: “Señalo para ser embargada ejecutivamente la suma de setenta y siete mil ciento treinta y nueve bolívares con diecinueve céntimos (Bs. 77.139,19), depositada en la cuenta bancaria Nº 0023370001007782, a nombre del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo de la medida de embargo preventivo practicada sobre dicha cantidad, en fecha 03 de julio de 2008, por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, lo cual se evidencia en los folios 26 al 34 del cuaderno de medidas del expediente Nº AH1C-M-2007-000007 e igualmente solicito que el cheque correspondiente se emita a nombre de la parte actora, ciudadano Jorge Enrique Oquendo Reyes y me sea entregado por ante el Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas”. Es todo. En este estado la ciudadana Juez del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de Caracas, expone: “Una vez realizados los trámites administrativos correspondientes y cumplida la revisión de las actas que conforman el expediente, mediante auto motivado se ordenará la entrega del cheque pertinente a la parte actora”. Es todo. Visto el pedimento efectuado por el apoderado judicial de la parte actora y los señalamientos expuestos por la ciudadana Juez del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de Caracas, la Juez Ejecutora procede a embargar ejecutivamente hasta la suma de setenta y siete mil ciento treinta y nueve bolívares con diecinueve céntimos (Bs. 77.139,19), y ordena la emisión del cheque correspondiente. En este estado el apoderado judicial de la parte actora, abogado Humberto Cuffaro, expone: “Por cuanto el monto embargado en este acto no cubre el monto del decreto de embargo, me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad del ejecutado, por lo que solicito se mantenga la presente comisión en los archivos de este Juzgado Ejecutor. Es todo. Oído el pedimento efectuado por la representación judicial de la parte actora, se acuerda de conformidad. Cumplida como ha sido la misión, se dispone el retiro del Tribunal a su Sede. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 12:50 pm.-
La Juez
Caribay Gauna
El apoderado judicial de la parte…
…actora
Abg. Humberto G. Cuffaro La…
Dra. Bella Dayana Sevilla Jiménez
Juez del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia
Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de Caracas
La Secretaria
Dubraska Ibarreto
Exp. Nº 3347-13 (Interno)