REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO DECIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 04/04/2013
202° y 154°

Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de la ciudadana: FLOR MARIA QUINTERO DE CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.136.566, causahabiente del ciudadano RONNY LEONARDO OLIVARES QUINTERO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-19.693.693, fallecido Ab-Intestato, en fecha 02 de Noviembre de 2012, en la Parroquia Coche Municipio Libertador, Distrito Capital.- Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ,



Dra. MARIA A. GUTIERREZ C.
LA SECRETARIA,



Abg. DILCIA MONTENEGRO
Exp. AP31-S-2013-000214
MAGC/DM/nmg.