REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EL JUZGADO DECIMOCTAVO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA
DE CARACAS
Años: 202° y 153º.
EXP. No. AP31-S-2013-002680
SOLICITANTE: Ciudadana KAREN GERALDINE SERRANO GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.641.536, asistida por el Abogado en ejercicio DOMINGO MIGUEL ALEMAN CONTRERAS, IPSA No. 105.634, y en representación de las ciudadanas: YANITZA OSIRIS SERRANO GARCIA y YENNIFER DEL CARMEN SERRANO GRACIA, venezolanas, mayores de edad, solteras, todas de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros V-8.605.406 y V-10.789.174, respectivamente.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HERDEROS
I
Acude por ante la Instancia la ciudadana KAREN GERALDINE SERRANO GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.641.536, asistida por el Abogado en ejercicio DOMINGO MIGUEL ALEMAN CONTRERAS, IPSA No. 105.634, y en representación de las ciudadanas: YANITZA OSIRIS SERRANO GARCIA y YENNIFER DEL CARMEN SERRANO GRACIA, venezolanas, mayores de edad, solteras, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros V-8.605.406 y V-10.789.174, respectivamente, a introducir la presente solicitud de Únicos y Universales Herederos, correspondiéndole el conocimiento a este Juzgado Decimoctavo de Municipio, previo sorteo de ley a través de la UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL, con sede en Los Cortijos.
Con objeto de que sean declarados Únicos y Universales Herederos, del ciudadano JULIO ANTONIO SERRANO BAZO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V-347.186, respectivamente, fallecido ab-intestato, en el Hospital Militar de la Parroquia San Juan Municipio Libertador Distrito Capital, en fecha 28 de enero del año 2013.
Ahora bien, a los fines del Tribunal pronunciarse sobre la procedencia o no de la presente solicitud, previamente observa:
Que en la copia certificada del acta de nacimiento de YENINIFER DEL CARMEN, que corre inserta al folio 11, se coloco como nombre del de cujus JULIO ANTONIO SERRANO BASSO, y en la copia de la cedula está identificado como: JULIO ANTONIO SERRANO BAZO.
Que en la copia certificada del acta de matrimonio que corre inserta al folio siete (07) se coloco como nombre del de cujus como JULIO ANTONIO SERRANO BASSO y en la copia de la cedula de identidad esta identificado como JULIO ANTONIO SERRANO BAZO.
Así de las cosas, de todo lo antes expuesto concluye este Tribunal, que la presente solicitud debe ser declarada inadmisible ya que los errorores antes señalados deben ser corregidos, y así se decide.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese y deje copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los (10) días del mes de Abril del año (2013). Año 202 º y 154º
LA JUEZ TITULAR
DRA. LORELIS SANCHEZ
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
En esta misma fecha, siendo las, 11:00 de la mañana se publico y registro la presente decisión.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
EXP No. AP31-S-2013-002680
LS/FM/JB
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