REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Tribunal Vigésimo Séptimo (27) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciséis (16) de abril de dos mil trece (2013)
202º y 154º
ASUNTO: AP21-S-2013-000140
PARTE OFERENTE: BANCO DEL CARIBE C.A. BANCO UNIVERSAL (BANCARIBE).
PARTE OFERIDA: JOHAN ETTEDGUI BLANCO.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Visto el escrito de Transacción judicial que antecede y riela a los folios 4 al 7 de autos, pasa de seguidas esta Juzgadora a revisar el contenido de la misma, tomando en consideración el orden de presentación y el cúmulo de transacciones existentes en éste Juzgado para su revisión, el cual fue presentado por el ciudadano JOHAN ETTEDGUI BLANCO, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.831.233, parte oferida debidamente asistido por la ciudadana THANIA TERESA STEA RAMOS, abogado en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 129.894, por una parte, y por la otra la ciudadana VANESSA ANDREINA MONTILLA RAMOS, abogado en ejercicio inscrita e el Inpreabogado bajo el Nº 112.914, acctuando en su condición de apoderada judicial de la parte oferente BANCO DEL CARIBE C.A. BANCO UNIVERSAL (BANCARIBE), mediante el cual las partes dejan constancia de haber celebrado un acuerdo transaccional en fase de sustanciación con el animo de dar por terminado el presente procedimiento de oferta de pago, por cuanto la parte oferida manifiesta haber recibido la suma acordada por ambas partes en la referida transacción mediante dos (02) cheques librados contra el Banco Caribe distinguidos con los números 11575695 y 40444455, por Bs.92.633,43 y 64.171,50, respectivamente a su nombre, de fecha 07/03/2013, el primero de ellos y 04/01/2013 el segundo de ellos, por los conceptos laborales de Prestación de Antigüedad artículo 142 literal A y B , Garantía de Prestaciones Sociales depositadas en Fideicomiso, Garantía de Prestaciones Sociales no transferidas a Fideicomiso, Días adicionales de Prestaciones Sociales no transferidos a Fideicomiso, Pago Transaccional para resolver reclamo por diferencia no transferida a Fideicomiso, Bono Vacacional fraccionado, Vacaciones Vencidas y Vacaciones Fraccionadas, este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte oferente en la presente oferta de pago, las cuales se desprenden de copia instrumento poder autenticado consignado al folio 4 al 08 de autos, y por cuanto la referida transacción no vulnera los derechos del extrabajador JOHAN ETTEDGUI BLANCO le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción en los mismos términos expuestos por las partes suficientemente identificadas al inicio, cuyo monto fue por CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUATRO BOLIVARES CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS (Bs.156.804,93), de un monto inicialmente ofertado de Bs. 131.438,14, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el primer aparte del artículo 19 de la novísima Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, por ambas partes manifiestan haber dado cumplimiento total a la transacción celebrada por ellos, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará dar por terminado el presente proceso con respecto a la parte oferida extrabajador JOHAN ETTEDGUI BLANCO.- Así se establece.-
La Juez
Abg. Aura María Trenard
El Secretario (a)
Abg. José Antonio Moreno
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