REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 10 de Abril de 2013
202º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL: AP21-L-2012-001298
Vistas las diligencias de fecha 30 de octubre de 2012, así como las de fecha 03 y 04 de abril de 2013, mediante las cuales se deja constancia del pago condenado a la empresa demandada, además de la experticia complementaria del fallo de fecha 17/01/2013, igualmente, el recibo por parte de la experto contable de sus honorarios profesionales, en tanto que la parte demandada pagó la cantidad de Bs. F.25.948,00 mediante cheque a nombre de la parte Actora, girado contra el Banco Banesco, cheque Nº 39319880, a cuyos efectos acompañaron copia simple del instrumento mercantil. Asimismo, las partes solicitan el cierre y archivo del expediente y se homologue el acto, razón por la cual este Juzgado Trigésimo (30°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de ejecución, le imparte la HOMOLOGACION a dicho cumplimiento. Asimismo, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente, y se ordenará su remisión al archivo judicial. ASÍ SE DECIDE.-

El Juez

Abg. Juan Carlos Medina Cubillan


La Secretaria

Abg. Carmen Romero