REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete (17) de abril de dos mil trece (2013)
202º y 154º

ASUNTO: AP21-L-2012-004809

Visto el escrito de fecha 12 de abril de 2013, mediante el cual las partes dejan constancia del pago condenado a la empresa demandada por sentencia de fecha 02 de abril de 2013, dictada por el Juzgado Cuarto Superior de este Circuito Judicial, en tanto que la parte demandada paga la cantidad de Bs. F. 300.000,00 mediante cheque a nombre del ciudadano JESUS PAREDES, parte Actora, girado contra el Banco Venezolano de Crédito, cheque Nº 77411986, a cuyos efectos acompañan copia simple del instrumento mercantil. Asimismo, las partes solicitan copias certificadas, el cierre y archivo del expediente y se homologue el acto, razón por la cual este Juzgado Trigésimo (30°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de ejecución, le imparte la HOMOLOGACION a dicho cumplimiento. En cuanto a las copias certificadas solicitadas, se acuerdan de conformidad con el articulo 21 ordinal 3° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así mismo, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente, y se ordenará su remisión al archivo judicial. ASÍ SE DECIDE.- Expídanse Copias Certificadas.

El Juez

Abg. Juan Carlos Medina

El Secretario

Abg. Karim Mora