REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho (08) de abril de dos mil trece (2013)
202º y 153º


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-004850

PARTE ACTORA: HUGO ALECSI INFANTE, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 9.088.828.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ZULAY MARIA PIÑANGO COLMENARES, inscrito en el inpreabogadobajo el número 87.605.

PARTE DEMANDADA: RESTAURANTE MIRALDIS

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JHUAN JHUAN MEDINA MARRERO, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 156.574.

MOTIVO: ACCIDENTE LABORAL Y COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día de hoy, ocho (08) de abril de dos mil trece (2013), siendo las dos de la tarde (02:00 pm.), oportunidad para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se anunció el acto con las formalidades de ley. En este estado, se deja constancia de la incomparecencia de la ciudadana ZULAY MARIA PIÑANGO COLMENARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 87.605, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ni de ningún otro apoderado judicial y de la inasistencia del demandante HUGO ALECSI INFANTE, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 9.088.828, por otra parte, comparece la demandada RESTAURANTE MIRALDIS, representada judicialmente por el ciudadano JHUAN JHUAN MEDINA MARRERO, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 156.574.
En consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora y de sus apoderados judiciales a la prolongación de la audiencia preliminar fijada para el día de hoy a las 2:00 pm en el presente proceso y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta seguidamente el dispositivo del fallo de la manera siguiente: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA ACCIÓN INCOADA por HUGO ALECSI INFANTE, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 9.088.828, en contra de la demandada RESTAURANTE MIRALDIS, representada judicialmente por su apoderado judicial JHUAN JHUAN MEDINA MARRERO, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 156.574, por lainasistencia de la parte demandante a la prolongación de la audiencia preliminar ut supra identificada ni por si ni por medio de apoderado judicial. En consecuencia, SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Así se decide.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, ocho (08) de abril de dos mil trece (2013).

FRANCISCO JAVIER RÍO BARRIOS
EL JUEZ


APODERADO DE LA DEMANDADA

LA SECRETARIA

LUISANA COTE