REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuadragésimo Primero de primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, veintiséis (26) de abril de dos mil trece (2013).
202º y 154º

ASUNTO: AP21-S-2012-001611.

Visto el escrito de transacción que antecede suscrito por la ciudadana AHIRALYS SUAREZ, titular de la cedula de identidad N° V.- 18.004.511, en su carácter de parte oferida debidamente asistida por el abogado en ejercicio NOSLEN TOVAR, inscrito en el IPSA bajo el N° 112.059, y la sociedad mercantil REPRESENTACIONES MOLCAJETE C.A. representada en este acto por su apoderado judicial, abogado en ejercicio JESUS ANTONIO LEOPOLDO; inscrito en el IPSA bajo el IPSA bajo el N° 97.802, este Tribunal de una revisión minuciosa del escrito en referencia, observa que no fueron vulnerados normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajar, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores en concordancia con los artículos 9 y 10 de su reglamento; por lo que este Juzgado Cuadragésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de cosa juzgada. En cuanto a la solicitud de copias certificadas del escrito transaccional y del presente acuerdo, se ordena expedir por secretaría las copias certificadas, conforme a lo establecido en el artículo 21 ordinal 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Finalmente se da por terminado el presente asunto ordenado su cierre y archivo definitivo como su cierre informático. Así se establece.

La Jueza,


Abg. Migdalia Montilla
La Secretaria,


Abg. Diraima Virguez