REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 22 de Abril de 2013
Año 202° y 154°

ASUNTO N°: AP21-S-2013-000834

Vista la transacción presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, en fecha 16 de Abril de 2013, suscrita por la parte Oferida, ciudadano JOSE PAREDES, titular de la cédula de identidad Nº 15.439.411, debidamente asistido por la abogada NEREYDA MIRANDA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 156.710, por una parte y por la otra la abogada MARIELA CASTRO GUERRERO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 105.122, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil INVENSYS SYSTEMS VENEZUELA, C.A., mediante la cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 48/100 (Bs.282.989,48) cancelados mediante Cheque signado con el Nº 59005529, de fecha 09 de Abril de 2013, de la cuenta Nº 0105-0694-85-1694018857, del Banco Mercantil, a nombre de JOSE A. PAREDES, por lo que este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena expedir por la secretaría del Tribunal Dos (2) juegos de copias certificadas del escrito de transacción inserto a los folios 11 al 23, y Cuatro (4) juegos de copias certificadas del presente auto, Dos (2) solicitadas por las partes, para lo cual se les insta a consignar los fotostatos a los fines de su certificación, y Dos (2) para el Tribunal, ello de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica del Trabajo.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO


LA SECRETARIA

JOANNA CAPUANO