Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 12 de abril de 2013
202º y 154º

PARTE ACTORA: OSCAR EDUARDO APONTE MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cedula de identidad N° 6.502.869.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NIEVES BAUTISTA DÍAZ DURAN, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA), bajo el número: 25.012.

PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL HOTEL TAMANACO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 06 de octubre de 2008, bajo el N° 26, Tomo 170-A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: NESTOR RAFAEL MARTÍNEZ GÓMEZ y NAIROVYS LOPEZ, abogados en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA), bajo los N° 51.482 y 50.000, respectivamente.-

MOTIVO: INCIDENCIA
EXPEDIENTE Nº: AP21-R-2012-002127.

Han subido a esta Superioridad las presentes actuaciones, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora y demandada, respectivamente, contra la sentencia de fecha 03 de diciembre de 2012, dictada por el Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por el ciudadano Oscar Eduardo Aponte Martínez contra Sociedad Mercantil Hotel Tamanaco, C.A.

Recibido como fue el presente expediente, se fijó para el día 10 de abril de 2013, a las once de la mañana (11:00 a.m.), la oportunidad para la celebración de la audiencia oral en el presente asunto.

Ahora bien, vistas las actas procesales, este Tribunal observa que la abogada Nairovys López, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada (apelante) manifestó por diligencia de fecha 10 de abril de 2013, siendo las ocho y treinta y tres minutos de la mañana (08:33 a.m.) que: “…ante usted acuerdo y expongo Desisto de la Apelación en la presente causa…”.

Pues bien, revisadas las presentes actuaciones se puede constatar que el presente recurso de apelación fue ejercido por la parte demandada (ver folios 495 y 496), por lo que vista la manifestación realizada por el apoderado judicial de la parte demandada recurrente, y revisados como han sido los extremos legales, a saber, la facultad para desistir de la apelación por parte de la abogada Nairovys López, el cual de forma expresa cursa a los autos (ver folios 497 al 500); es por lo que, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: UNICO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, del recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 03 de diciembre de 2012, dictada por el Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por el ciudadano Oscar Eduardo Aponte Martínez contra Sociedad Mercantil Hotel Tamanaco, C.A.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los doce(12) días del mes de abril del año dos mil trece (2013). Años: 202º y 154º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.-


EL JUEZ
WILLIAM GIMÉNEZ




LA SECRETARIA;
EVA COTES MERCADO




NOTA: En la misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades legales, se dictó y publicó la presente decisión.-






LA SECRETARIA








WG/ECM/rg.
Exp. N°: AP21-R-2012-002127.-