REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de abril de dos mil trece (2013).
202° y 154°
ASUNTO No. :AP21-R-2012-001695
PARTE ACTORA: JONATHAN DURÁN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 17.170.121.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: SILENA JOSEFINA GAMBOA MANZINNI y ANA CONSUELO PÉREZ USECHE, abogadas en ejercicio, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 36.800 y 117.188, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES LA ENCOMEADA, C.A., sociedad mercantil de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda en fecha 02 de junio de 2003, bajo el No. 92, Tomo 766-A; y INVERSIONES A ENCUMEADA, C.A. sociedad mercantil de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda en fecha 26 de mayo de 2010, bajo el No. 30, Tomo 50- A-MERCANTIL VII; y de manera personal, el ciudadano JOSÉ DE FREITES DE SOUSA, titular de la cédula de identidad No. 6.064.991.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: TEODORO ITRIAGO y OTROS, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 74.647.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
Conoce este Juzgado Superior de la apelación interpuesta en fecha 10 de octubre de 2012, por el abogado TEODORO ITRIAGO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 05 de octubre de 2012 por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos por auto de fecha 16 de octubre de 2012.
El día 18 de octubre de 2012 se distribuyó el presente expediente y por auto de fecha 23 del mismo mes y año este Juzgado Superior dio por recibido el presente asunto conforme o previsto en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en el entendido que al quinto (5°) día hábil siguiente se fijaría oportunidad para la celebración de la audiencia oral y pública; por auto de fecha 29 de octubre de 2012 se fijó el acto para el día jueves 17 de enero de 2013 a las 10:00 a.m.; mediante diligencia presentada en fecha 20 de diciembre de 2012, el apoderado judicial de la parte demandada, abogado Teodoro Itriago, revocó todas las sustituciones de poder que hubiese realizado y renunció en todas sus partes al poder que le fuera otorgado para representar a la sociedad mercantil INVERSIONES A ENCUMEADA, C.A.; este Tribunal Superior en virtud de la diligencia antes señalada, por auto de fecha 14 de enero de 2013 ordenó la notificación de la parte demandada a los fines de ponerla en conocimiento de la renuncia de su mandatario; una vez cumplida con la notificación ordenada, esta alzada por auto de fecha 07 de febrero de 2013 procedió a fijar nueva oportunidad para la celebración de la audiencia oral y pública, estableciéndose para el día miércoles 10 de abril de 2013 a las 10:00 a.m..
Celebrada la audiencia oral y dictado el dispositivo, el Tribunal estando dentro de la oportunidad para ello, pasa a publicar el fallo en los siguientes términos:
CAPITULO I
DE LA AUDIENCIA ORAL
En el acta levantada en fecha 10 de abril de 2013 a las 10:00 a.m. (folios 145 y 146 del presente expediente), con motivo de la audiencia fijada, se dejó expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandada apelante ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno y la única asistencia de la apoderada judicial de la parte actora no recurrente, la abogada SILENA JOSEFINA GAMBOA MANZZINI, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 36.800.
CAPITULO II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
El artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone lo siguiente:
“En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente”
Con vista a que la parte demandada recurrente no compareció, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno a la audiencia oral fijada, encontrándose las partes a derecho, toda vez que la empresa accionada fue debidamente notificada por este Tribunal de la renuncia de su apoderado judicial constituido en juicio, es forzoso declarar desistida la apelación como se resolverá en la parte dispositiva del presente fallo. Así se establece.
CAPITULO III
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 10 de octubre de 2012, por el abogado TEODORO ITRIAGO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 05 de octubre de 2012 por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana, con motivo del juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara el ciudadano JONATHAN DURÁN, en contra de las sociedades mercantiles INVERSIONES LA ENCOMEADA, C.A., INVERSIONES A ENCUMEADA, C.A. y de manera personal, contra el ciudadano JOSÉ DE FREITES DE SOUSA. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada recurrente de conformidad con lo previsto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los dieciocho (18) días del mes de abril del año dos mil trece (2013). Años: 202º y 154º.
JUDITH GONZÁLEZ
LA JUEZ
OSCAR ROJAS
EL SECRETARIO
NOTA: En el día de hoy, 18 de abril de 2013 se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.-
OSCAR ROJAS
EL SECRETARIO
Asunto No. AP21-R-2012-001695
JG/OR/ksr.
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