REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Analizada la solicitud de los Querellantes la ciudadana INGRID ESTHER ARENAS GONZALEZ, representada por el y la profesional del derecho Dr. Fernando Rueda Reyes y la Dra. TAILANDIA MARQUEZ RODRIGUEZ, de fechas 28, 14 y 22 de marzo de 2013, esta Juzgadora observa, que del estudio de la solicitudes planteadas se refiere a que se de cumplimiento a las medidas impuestas por este Tribunal, en virtud de de que el ciudadano YAMIR GERMAN LEMUS ABREU, no ha cumplido con lo ordenado, como es la asistencia al equipo multidisciplinario, y aunado que las relaciones entre el ciudadano YAMIR GERMAN LEMUS ABREU y su representada se han visto agravadas estando en grave riesgo la integridad física y psíquica de su representada, de igual manera. en su solicitud arguyen que el referido ciudadano en lugar de no acercarse a la residencia de la víctima, esta pernoctando en ella en los pisos superiores de la Vivienda muy a pesar de que este tiene su residencia en la Urbanización Antonio José de Sucre (Cútira ) Bloque 2, Apartamento 10, Planta Baja Catia, Parroquia Sucre, solicitando así que se decrete el arresto y se apertura el procedimiento de falta en caso de desacato a la medida ordenada, de igual manera solicita que se remita la presente causa a la Fiscalía del Ministerio Público a los fines de que se inicie con la investigación criminal.
En este sentido, esta Juzgadora observa que el ciudadano YAMIR GERMAN LEMUS ABREU, se dio por notificado de la decisión dictada por este Juzgado en fecha 14 de diciembre de 2012, mediante la cual se impuso las medidas de protección y seguridad prevista en el artículo 87 numeral 5, 6 y 13 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, compareciendo ante la Sede de este Juzgado en fecha 13 de febrero de 2013, solicitando la designación de un defensor público ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este mismo Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, sin que hasta la presente fecha se verifique su deber de comparecer ante este Juzgado para imponerse de la decisión dictada es por ello que esta decisora considera ratificar las medidas de protección y seguridad decretadas a favor de la víctima previstas en el artículo 87 numerales 5, 6 y 13 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, las cuales consisten en las siguientes:
5.- Prohibir al presunto agresor YAMIR GERMAN LEMUS ABREU el acercamiento a la mujer agredida ciudadana INGRID ESTHER ARENAS GONZÁLEZ, en consecuencia, imponer al presunto agresor la prohibición de acercarse al lugar de trabajo, de estudio y residencia de la mujer agredida.
6.- Prohibir al presunto agresor YAMIR GERMAN LEMUS ABREU por sí mismo o por terceras personas, realice actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida INGRID ESTHER ARENAS GONZÁLEZ o algún integrante de su familia.
13.- Referir al ciudadano YAMIR GERMAN LEMUS ABREU, y a la ciudadana INGRID ESTHER ARENAS GONZÁLEZ, al Equipo Multidisciplinario de los Tribunales de Violencia contra la Mujer, a los fines de evitar posibles reincidencias.
Ahora bien, para garantizar la efectividad de la medida de protección y de seguridad acordada en la presente decisión, es menester informar al presunto agresor de la aplicación de la misma, motivo por el cual se ordena hacer del conocimiento al ciudadano YAMIR GERMAN LEMUS ABREU, que deberá comparecer el día lunes 22 de abril de 2013 a las 10:00 horas de la mañana ante la sede de este Tribunal a los efectos de imponerlo de la presente decisión, o en caso de excederse la notificación de la presente decisión a la fecha antes señalada, deberá comparecer al día hábil siguiente de haber sido notificado, y en este sentido tenga conocimiento de manera específica en que consiste la medida establecida a favor de la querellante, asegurando de esta manera su cabal cumplimiento. Y así se decide.
Se ordena notificar a la Fiscalía Superior del Área Metropolitana de Caracas a los fines de que se designe a un Fiscal o Fiscala competente en la materia sobre delitos contemplados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, remitiendo adjunto copias certificadas de las presentes actuaciones. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuesto este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se ratifican las medidas de protección y seguridad decretadas a favor de la víctima previstas en el artículo 87 numerales 5, 6 y 13 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, impuestas por este Juzgado en en fecha 14 de diciembre de 2012,las cuales consisten en las siguientes: 5.- Prohibir al presunto agresor YAMIR GERMAN LEMUS ABREU el acercamiento a la mujer agredida ciudadana INGRID ESTHER ARENAS GONZÁLEZ, en consecuencia, imponer al presunto agresor la prohibición de acercarse al lugar de trabajo, de estudio y residencia de la mujer agredida. 6.- Prohibir al presunto agresor YAMIR GERMAN LEMUS ABREU por sí mismo o por terceras personas, realice actos de persecución, intimidación o acoso a la mujer agredida INGRID ESTHER ARENAS GONZÁLEZ o algún integrante de su familia. 13.- Referir al ciudadano YAMIR GERMAN LEMUS ABREU, y a la ciudadana INGRID ESTHER ARENAS GONZÁLEZ, al Equipo Multidisciplinario de los Tribunales de Violencia contra la Mujer, a los fines de evitar posibles reincidencias. SEGUNDO: Se ordena hacer del conocimiento al ciudadano YAMIR GERMAN LEMUS ABREU, que deberá comparecer el día lunes 22 de abril de 2013 a las 10:00 horas de la mañana ante la sede de este Tribunal a los efectos de imponerlo de la presente decisión, o en caso de excederse la notificación de la presente decisión a la fecha antes señalada, deberá comparecer al día hábil siguiente de haber sido notificado, y en este sentido tenga conocimiento de manera específica en que consiste la medida establecida a favor de la querellante, asegurando de esta manera su cabal cumplimiento. TERCERO: Se ordena notificar a la Fiscalía Superior del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que se designe a un Fiscal o Fiscala competente en la materia sobre delitos contemplados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, remitiendo adjunto copias certificadas de las presentes actuaciones. Publíquese, Regístrese y Cúmplase.
LA JUEZA
DRA. DOUGELI ANTONIETA WAGNER FLORES
LA SECRETARIA
ABGA. NALLIVE COLMENARES
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
ABGA. NALLIVE COLMENARES
Asunto: AP01-S-2012-00014.
DAWF/NA