PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa
Guanare, 29 de Abril de 2013
203º y 154º

ASUNTO: PP01-V-2012-000341
DEMANDANTE: VILMA DEL CARMEN GALLARDO DE ARANGUREN
DEMANDADO: JESUS DAVID ARANGUREN AZUAJE
MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO
SENTENCIA: DEFINITIVA

Visto el desistimiento efectuado en fecha 16 de abril de 2013 por ante este Tribunal de Juicio por la ciudadana VILMA DEL CARMEN GALLARDO DE ARANGUREN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.467.764 y de este domicilio, en su condición de demandante del presente juicio de DIVORCIO CONTENCIOSO y el convenimiento efectuado en fecha 26 de abril de 2013, por el ciudadano JESUS DAVID ARANGUREN AZUAJE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.332.732 y de este domicilio en su condición de demandado; el Tribunal le imparte su Homologación y de conformidad con los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguida la instancia.


D I S P O S I T I V A

Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL MISMO, de conformidad con los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil.

Regístrese y Publíquese.

Dada, sellada, firmada y refrendada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en Guanare, a los veintinueve días del mes de abril del año 2013. AÑOS: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
DIOS Y FEDERACIÓN

La Jueza,

Abg. Haydee Rosa Oberto de Colmenares

El Secretario,


Abg. Alfredo José Oropeza Saavedra

En la misma fecha se dictó, publicó y se consignó en autos, siendo las 9:57 a.m. Conste.

ASUNTO: PP01-V-2012-000341
HROY/AJOS/lenny