REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, treinta de abril de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO : AP51-J-2013-006102
SOLICITANTE: CELIA VERONICA REITER DE VISQUEL, titular de la cédula de identidad Nro V- 2.946.352.
MOTIVO: JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Vistas las actuaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanos WILFRED JOSE BERNAEZ CORDERO y HENRY ALEXANDER ROMERO MENA, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 12.097.324 y V-12.827.307 respectivamente, y cumplidas las formalidades de ley, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos SORAYA VISQUEL VIVAS, WUILEIMA VERONICA VISQUEL REITER, WILMAN ANTONIO VIZQUEL REITER, WILFREDO JOSE VISQUEL REITER, ANTONIO JOSE VISQUEL REITER, ALEXANDER JOSE VISQUEL REITER, MARCOS ANTONIO VIZQUEL HERNANDEZ y la niña -------, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 6.442.543, V- 6.442.544, V- 6.542.703, V- 6.452.704, V- 6.345.331, V- 12.059.819, V- 16.412.113 y ----- respectivamente (hijos) y la ciudadana CELIA VERONICA REITER DE VISQUEL, titular de la cédula de identidad Nro V- 2.946.352 (esposa); beneficiarios del de cujus ANTONIO VISQUEL PERDOMO, quién era portador de la cédula de identidad Nro V- 2.141.580. Se insta al solicitante del presente asunto, para que consigne fotostatos de las actuaciones, una vez cumplido, se procederá a devolver los originales con sus resultas. ASI SE DECIDE. CUMPLASE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, treinta (30) de abril de 2013. Años 203° y 154°
EL JUEZ,
Abg. ALCIDES ROBLES GORDILLO
LA SECRETARIA,
Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO.
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