Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DE TRANSICIÓN
Caracas, 03 de Abril de 2013.

ASUNTO PRINCIPAL: AP51-J-2013-004344

MOTIVO: DIVORCIO 185-A.

SOLICITANTES: HENRY RAFAEL CHACOA CASTRO y MARIELA DESIREE ZARZALEJO GALLARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 6.896.361 y V-12.685.149, respectivamente.
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Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto de DIVORCIO -185-A, presentada por los ciudadanos HENRY RAFAEL CHACOA CASTRO y MARIELA DESIREE ZARZALEJO GALLARDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 6.896.361 y V-12.685.149, respectivamente, este Tribunal, observa del acta de fecha 02/04/2013 (f.14), que las partes, no comparecieron a la Audiencia Única de conformidad con lo establecido en el articulo 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; razón por la cual esta Jueza Octava de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y en consecuencia, se declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Se le advierte a la solicitante, que no podrá intentar nuevamente la solicitud, antes de que transcurran treinta días continuos, contados a partir del día siguiente al de hoy. ASI SE DECIDE.
LA JUEZ


Abg. JOOCMAR OVIEDO CONTRERAS.
LA SECRETARIA,



ABG. DAYANNA ESTABA


JOC/DE/HERIBERTO MEDINA.