REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL

Tribunal Décimo (10°) de Primera Instancia de
Mediación, y Sustanciación

Caracas, nueve (09) de abril de dos mil trece (2013)
202º y 154º
ASUNTO: AP51-V-2011-008692

Vistas y analizadas cada una de las actas que conforman el presente asunto, relativo a la demanda de Régimen de Convivencia Familiar, incoada por el ciudadano NESTOR DANIEL ROJAS RAMOS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-11.603.609, en contra de la ciudadana ADRIA ELENA HERRERA CASTILLOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-12.916.807, a favor de su hija la niña SE OMITE IDENTIFICACIÓN, de cuatro (4) años de edad, de la cual se evidencia que desde la última actuación de fecha 31/05/2011, hasta la presente fecha, el demandante no ha cumplido con las obligaciones que le impone la Ley y no ha efectuado ningún acto de procedimiento, es por lo que es menester traer a colación el contenido del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, establece lo siguientes:
“Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes (sic).
En Consecuencia, en atención al dispositivo anterior, este Tribunal Décimo (10°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. Se ordena el CIERRE Y ARCHIVO DEL EXPEDIENTE y la desincorporacion del mismo del archivo central, de este Circuito Judicial. Cúmplase.
LA JUEZ

Abg. GREYMA ONTIVEROS MONTILLA.
LA SECRETARIA

Abg. ROBSY RIVAS.
GOM/RR/Carol.
AP51-V-2011-008692