REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, dieciocho (18) de Abril del dos mil trece (2013)
202º y 154º
ASUNTO: AP51-V-2012-019930
DEMANDANTE: SONIA BEATRIZ VISO De RESTAINO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V-9.281.707.
DEMANDADO: ANDRO JESÚS RESTAINO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-6.482.171.
MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO.-
Se inicia la presente acción por demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO, presentada por la ciudadana, SONIA BEATRIZ VISO De RESTAINO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V- 9.281.707, debidamente asistida por la abogada, FRANCIA TORRES, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro 92.984, contra el ciudadano, ANDRO JESÚS RESTAINO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-6.482.171.
En fecha 01/11/2012, se admitió la presente demanda y ordenando la notificación del demandado.
Ahora bien, Vista la diligencia, presentada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D), en fecha 16/04/2013, por los ciudadanos, SONIA BEATRIZ VISO De RESTAINO y ANDRO JESÚS RESTAINO RODRIGUEZ, ut supra identificados, debidamente asistidos de abogados, mediante la cual desiste de la presente Demanda de Divorcio Contencioso. En consecuencia este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley, de conformidad a lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el desistimiento del presente Juicio de Divorcio Contencioso, así como también del Cuaderno de Medidas signado con el número AH52-X-2013-000111, y le da carácter de cosa juzgada. Expídase por Secretaria copias certificada de la diligencia con inserción de la presente decisión, igualmente se ordena la devolución de los documentos originales que cursan en el expediente y entréguese a la parte interesada una vez consignadas las copias respectivas, asimismo se ordena el cierre y archivo del expediente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, Firmada y Sellada en el despacho del Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los dieciocho (18) días del mes de Abril de dos mil trece (2013). Años 202° de la Independencia y 154° de la Federación.
LA JUEZ,

Dra. ENOÉ CARRILLO CASTELLANOS
LA SECRETARIA,

Abg. ANADIS OCHOA.