REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial De Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas Y Nacional De Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15) De Primera Instancia De Mediación Y Sustanciación
Caracas, 02 de Abril de 2013
202° y 154°
ASUNTO: AP51-V-2013-000944
MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO
PARTE ACTORA: BENJAMIN SAUL CARTAYA LAYA, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad número V- 9.120.591.
DEMANDADO: MABIS PEREZ CONTRERAS, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad número V- 9.414.162.
ABOGADA: PAOLA CLERC, inscrita en el IPSA bajo el N° 76.572
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Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el expediente, contentivo de la demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO, presentada por el ciudadano BENJAMIN SAUL CARTAYA LAYA, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad número V- 9.120.591, y asistido de abogada; este Tribunal, observa que en el acta de fecha 01/04/2013, ambos ciudadanos DESISTE de la presente demanda, manifestando: “(…)su disposición de divorciarse, por lo cual solicitan el cierre y archivo del presente asunto ya que van a introducir un divorcio amistoso.” En consecuencia, este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA, en todas y cada una de sus partes dicho desistimiento, y le da carácter de cosa Juzgada. Se ordena el cierre y archivo del expediente. Y ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, a los dos (02) días de abril de Dos Mil Trece (2013). Años: 202° de la Independencia y 154° de la Federación.
LA JUEZ
ABG. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA
ABG. LUISA OLIVEROS
AP51-V-2013-000944.
Lcd/lo/marianna
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