REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 06 de agosto de 2013
203º y 154º
ASUNTO: AP41-U-2013-000213.- INTERLOCUTORIA Nº 162.-
Visto el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 30 de abril de 2013, por la ciudadana Omaira Ocaña Azcarate, titular de la cédula de identidad N° 4.885.142, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 18.424, actuando en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente “INDUSTRIAS MICHEL, C.A.” (RIF Nº J-00148546-5), contra la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/CE/DSA-R/2013-008, de fecha 04 de enero de 2013, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera Tributaria (SENIAT), notificada en fecha 22 de marzo de 2013, mediante la cual se confirmó la Objeción Fiscal formulada por dicha contribuyente contenida en el Acta de Reparo N° SNAT/INTI/GRTI/CE/RC/DF/2012/IVA/00320/03-000077, de fecha 30 de abril de 2012, en consecuencia, se ordenó expedir a cargo de la recurrente, en su condición de agente de retención de impuesto al valor agregado, las planillas de liquidación, para los períodos, conceptos y montos que se detallan a continuación:
Período Impuesto U.T. Multa Artículo 94 COT Bs. Intereses
1ra quincena agosto 2011 0,00 2.342,74 210.847,00 6.708,00
2da quincena agosto 2011 0,00 885,37 79.683,00 2.528,00
1ra quincena septiembre 2011 0,00 1.466,00 131.940,00 4.172,00
2da quincena septiembre 2011 0,00 902,99 81.269,00 2.561,00
1ra quincena octubre 2011 0,00 785,97 70.737,00 2.213,00
2da quincena octubre 2011 0,00 1.302,07 117.186,00 3.637,00
1ra quincena noviembre 2011 0,00 1.064,96 95.846,00 2.973,00
2da quincena noviembre 2011 0,00 720,09 64.808,00 2.008,00
1ra quincena diciembre 2011 0,00 994,59 89.513,00 2.772,00
2da quincena enero 2012 0,00 394,95 35.546,00 1.088,00
1ra quincena febrero 2012 0,00 229,00 20.610,00 632,00
2da quincena febrero 2012 0,00 315,68 28.411,00 1.034,00
1ra quincena marzo 2012 0,00 799,57 71.962,00 2.642,00
TOTAL 1.098.358,00 34.968,00
Lo cual asciende a la cantidad total de Bs. 1.133.326,00. Estando las partes a derecho, y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente recurso contencioso tributario, el Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber: se trata de actos administrativos recurribles en la vía jurisdiccional, impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés del recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante del contribuyente y no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho recurso contencioso tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario vigente, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er) día de Despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la Administración Tributaria. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los seis (06) días del mes de agosto del año dos mil trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez Provisorio,
Abg. Javier Sánchez Aullón.
El Secretario Titular,
Abg. Félix José España González.-
ASUNTO Nº AP41-U-2013-000213.-
JSA/voa.-
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