REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 1 de agosto de 2013
203º y 154º


Sentencia Interlocutoria Nº 162/2013
Visto el escrito de Promoción de Prueba presentado en fecha 23 de julio de 2013, por la ciudadana Carmen Haydee Martínez, venezolana, abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 28.293, en su carácter de Apoderado Judicial de la contribuyente “PELUQUERIA EUR C.A.”, por cuanto las pruebas en él contenida no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, se Admiten las mismas en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
La evacuación de las pruebas promovidas y admitidas se realizará de la siguiente manera:
CAPITULO UNICO: PRUEBA DOCUMENTAL: Se ordenó agregar a los autos, en su oportunidad, los recaudos consignados en el escrito de Promoción de Pruebas. Asimismo serán agregados en su oportunidad los recaudos contenidos en el expediente administrativo.
Con relación a lo solicitado por esta representación en el escrito de promoción de pruebas, con ocasión a que se ratifique el oficio Nº 11.309, enviado en fecha 16 de abril de 2013, al ciudadano Gerente General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), para que remita en original o en copias certificadas el expediente administrativo, este Tribunal en vista de tal pedimento ordena ratificar el mencionado oficio.
De la presente decisión se oirá apelación, en un solo efecto, en el lapso previsto en el parágrafo único del artículo 270 del Código Orgánico Tributario, el cual se inicia a partir del día siguiente de despacho a esta fecha. Líbrese oficio.
El Juez titular,

Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria,

Hilmar Elena Rocha Esaá.
Fecha ut Supra: Se libró Oficio No. 11.420
La Secretaria,
Hilmar Elena Rocha Esaá

Asunto Nº AP41-U-2013-000184
RCJ/HERE/mav.