REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 14 de agosto de 2013
203º y 154º

ASUNTO: AH19-X-2013-000069

Vista la diligencia presentada en fecha trece (13) de agosto de dos mil trece (2013), suscrita por el abogado FRANCISCO GIL HERRERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 97.215, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora: BANCO DEL TESORO C.A., BANCO UNIVERSAL, y en atención al pedimento en ella contenida, este Juzgado acuerda de conformidad. En consecuencia, se SUSPENDE la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha veinticinco (25) de julio de dos mil trece (2013), la cual fue debidamente participada en la misma fecha, mediante oficio No 550/2013, dirigido al Registrador Público del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, sobre el 50% de los derechos proindividos del bien inmueble que se describe a continuación:

“… Un inmueble constituido por un lote de terreno y todas las construcciones sobre él edificadas, distinguida con el No. 165-166, situada en la Calle Madrid de la Urbanización Las Mercedes, Municipio Baruta del Estado Miranda, con un área aproximada de UN MIL QUINIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS (1.570 Mts2), cuyos linderos son los siguientes: NORESTE: En una extensión de CUARENTA METROS (40 Mts.), con la Calle Madrid; NOROESTE: En TREINTA Y NUEVE METROS CON VEINTICINCO CENTÍMETROS (39,25 Mts) con la parcela No. 164; SURESTE: En TREINTA Y NUEVE METROS CON VEINTICINCO CENTÍMETROS (39,25 Mts) con la parcela No. 167; y SUROESTE: En una extensión de CUARENTA METROS con las parcelas Nos. 174 y 175 de la Urbanización Las Mercedes. Dicho inmueble pertenece a las sociedades mercantiles GRUPO MR 2007 C.A. e INVERSIONES 04-03-2007 C.A., según consta de documento de integración protocolizado ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha veinte (20) de junio del año dos mil once (2011), bajo el No. 45, Tomo 23, Protocolo de Transcripción, siendo propiedad de las mencionadas empresas mercantiles de la siguiente manera: a) La parcela No. 165 le perteneció a la sociedad mercantil GRUPO MR 2007 C.A., según consta en documento de propiedad protocolizado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha cuatro (04) de marzo del año dos mil nueve (2009), bajo el No. 2009.446, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el No. 241.13.16.1.1293 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2009; b) La parcela No. 166 le perteneció a la sociedad mercantil INVERSIONES 04-03-2007 C.A. según consta en documento de propiedad protocolizado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha veinte (20) de abril del año dos mil ocho (2008), bajo el No. 19, Tomo 8, Protocolo Primero. …”

En tal sentido se ordena librar el Oficio respectivo al Registro correspondiente. Líbrese Oficio. CÚMPLASE.-
LA JUEZ TITULAR,

DRA. CAROLINA GARCIA CEDEÑO.-
LA SECRETARIA,

JENNY LABORA ZAMBRANO.-