REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 14 de Agosto de 2013
203º y 154º

ASUNTO: AP11-V-2012-001260
Sentencia Interlocutoria.-

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado, en fecha 13 de agosto de 2013, por el ciudadano NERIO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.142.317, debidamente asistido por los abogados FRANCISCO ESTEBAN POLLER y RAFAEL GOMEZ, inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 152 y 36.567, quien actúa con el carácter de parte actora; este Juzgado estando en la oportunidad legal correspondiente, ordena agregar a los autos el referido escrito de pruebas, en consecuencia, pasa hacer las siguientes consideraciones:
CON RESPECTO A LAS PRUEBAS DE LA
PARTE ACTORA:
Primero: Con relación a las pruebas Documentales contenidas en el Capitulo I en los particulares A, B, C, D, E, F y G del escrito de promoción de pruebas de fecha 13 de agosto de 2013, este Tribunal las ADMITE salvo su apreciación en la sentencia interlocutoria que recaiga sobre la incidencia plateada en el presente asunto.-
Segundo: Con respecto a la prueba de Testimoniales promovidas en el Capitulo II del escrito de promoción de pruebas de fecha 13 de agosto de 2013, este Tribunal ADMITE la referida prueba salvo su apreciación en la sentencia interlocutoria que recaiga sobre la incidencia plateada en el presente asunto, en consecuencia, fija al primer (1°) día de despacho siguiente a la presente fecha, ciudadanos FRANCISCO ESTEBAN POLLER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-526.566, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), y RAFAEL GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-2.658.432, a las once de la mañana (11:00 a.m.), a fin de que se lleve a cabo los actos de declaración de testigo. Cúmplase.-
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,
DR. ÁNGEL VARGAS RODRÍGUEZ.
ABG. SHIRLEY CARRIZALES.
ASUNTO: AP11-V-2012-001260
AVR/SC/RB