N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2013-001796


PARTE ACTORA: ALEXIS JOSE FERNANDEZ ARANGUREN.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: ALEXSON ESPINOZA.
PARTE DEMANDADA: NUEVA ABANCA MAÑON 2021, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: OMAIRA BENDJOYA.
MOTIVO: DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 01 de Agosto de 2013, siendo las 10:30 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que solo compareció a la misma abogada OMAIRA BENDJOYA., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 69.591., apoderada judicial de la parte demandada, asimismo, se deja constancia que la parte actora no compareció, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 204 °.
LA JUEZ


YRMA ROMERO

LA SECRETARIA

MARIA V. DAVILA