REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dos (02) de agosto de dos mil trece (2013)
203º y 154º

ASUNTO N°: AP21-S-2013-001905
Visto el escrito de fecha 29 de julio de 2013, consignado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, contentiva del acuerdo Transaccional, suscrito por los ciudadanos JORLLYS FUENTES, titular de la cedula de identidad numero 10.220.546, en su carácter de parte Oferida, debidamente asistido por el abogado LUIS SANCHEZ, IPSA n° 185.499, por un lado y por el otro el abogado BERNARDO PISANI IPSA n° 131.031, en su carácter de apoderado judicial de la parte Oferente, respectivamente, mediante la cual, luego de hacerse recíprocas concesiones las partes, convinieron en que la parte Oferente pagara a la parte Oferida, la cantidad de CIENTO QUINCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS (Bs.: 115.589,52), por todos y cada uno de los conceptos que se especifican en el documento transaccional; este Tribunal HOMOLOGA dicha Transacción conforme al articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo, vista la solicitud de dos juegos de copias certificadas; este Tribunal acuerda lo solicitado de conformidad con lo establecido en el artículo 21 numeral 3° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dejando expresa constancia que la certificación de las mismas, se realizará subsiguientemente a que sean consignadas las copias simples de los folios solicitados. Expídase Copias Certificadas.-

EL JUEZ


FRANCISCO JAVIER RIO BARRIOS
LA SECRETARIA


DORIMAR CHIQUITO