REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete (07) de agosto de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: AP51-J-2012-001237
Vista el acta de fecha 07/08/2013, mediante la cual se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana SCARLETT ROSY VASQUEZ PIÑERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 14.161.416, quien pidió ser oída por la ciudadana Juez de este Despacho Judicial, a fin de solicitar Autorización para retirar la suma de QUINCE MIL BOLIVARES CON 00/100 CTMS. (Bs. 15.000,00), de los haberes que se encuentran en la cuenta de Ahorros del Banco Industrial de Venezuela, para cubrir gastos escolares de sus hijas, y visto que el dinero será en beneficio de sus hijas cuyas identidades se omite de conformidad con el artículo 65 de la ley Orgánica para la Protección de niños, Niñas y Adolescentes , para obtener un nivel de vida adecuado; este Tribunal Noveno (9°) de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, en virtud de que esta Juzgadora no es ajena a las necesidades sociales, y en vista de la opinión emitida en fecha 12/07/2013 por la ABG. MILAGRO DA CORTE LUNA, Fiscal Nonagésima Séptima del Ministerio Público, y los recaudos que acreditan los montos que serán cancelados con el dinero peticionado; es por lo que, se AUTORIZA a la ciudadana SCARLETT ROSY VASQUEZ PIÑERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 14.161.416, en su condición de representante legal de las niñas cuyas identidades se omite de conformidad con el artículo 65 de la ley Orgánica para la Protección de niños, Niñas y Adolescentes, a retirar la libreta de ahorros N° 4235698 correspondiente a la cuenta de ahorros N° 0003-0081-11-4000005760, que se encuentra a su nombre, la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,00), a los fines de sufragar los gastos escolares correspondientes en beneficio de sus hijas antes prenombradas. Ofíciese a la Oficina de Control de Consignaciones (OCC), a los fines de informarles lo acordado. Cúmplase.-
LA JUEZ
EL SECRETARIO
ABG. DANIA RAMÍREZ CONTRERAS
ABG. ANTONIO FALCON
Ms.-
|