TRIBUNAL CUARTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, Tres (03) de Diciembre de dos mil trece (2013)
203° y 154°
ASUNTO: AP21-N-2013-000429
Visto el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el abogado incoado por el abogado JUAN GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 27.398, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil RESIDENCIAS SOCIO ASISTENCIAL ARANDA, C. A. contra la Certificación N° 0173-2012, dictada en fecha 14 de agosto de 2012, suscrita por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DEL DISTRITO CAPITAL Y ESTADO VARGAS, DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), por el cual certifica enfermedad agravada por el trabajo del ciudadano RAFAEL HERRERA OLIVEROS, titular de la cédula de identidad N° V-23.067.095, este Juzgado Superior observa:
En fecha 28 de noviembre de 2013, la representación judicial de la parte accionante RESIDENCIAS SOCIO ASISTENCIAL ARANDA, C. A., debidamente representada por el abogado JUAN GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 27.398, presentó diligencia que cursa al folio 77, por la cual procede a desistir del presente procedimiento de nulidad, por cuanto manifiesta haber llegado a un acuerdo transaccional con el trabajador, en razón de lo cual forzosamente este Tribunal al no ser contrario a derecho la petición del apoderado judicial de la Empresa RESIDENCIAS SOCIO ASISTENCIAL ARANDA, C. A., le imparte su HOMOLOGACIÓN, en consecuencia da por terminado el presente asunto y ordena el cierre y archivo del expediente. ASI SE DECIDE.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el compilador respectivo.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los tres (03) días del mes de Diciembre de dos mil trece (2013), años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
LA JUEZ
YNDIRA NARVAEZ LOPEZ.
EL SECRETARIO
ISRAEL ORTIZ
YNL/03122013
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